Debate sobre pensiones de congresistas Conceder pensión de jubilación por ejercer actividad congresional pocos meses constituye carrusel pensional: Consejo de Estado (2:40 p.m.)
30 de Mayo de 2013
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Nota:
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Al retomar lo decidido en la Sentencia C-608 de 1999, el Consejo de Estado señaló que el régimen especial que gobierna a los congresistas no se puede extender a quienes no se hallen vinculados a la corporación. Así mismo, pretender que la labor de un servidor por unos cuantos meses en la corporación confiera tales beneficios constituye una práctica ilegal, comúnmente denominada “carrusel pensional”. Con estos argumentos, la Sección Segunda negó la pensión de sobrevivientes a la cónyuge de un representante a la Cámara elegido por el periodo 1990 - 1994, que en realidad laboró 16 meses luego de que le fuera revocado su mandato por la Asamblea Nacional Constituyente (C. P. Gustavo Eduardo Gómez Aranguren).
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