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Corte se inhibe para pronunciarse sobre las multas que pueden imponer los contralores (9:25 a.m.)

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20 de Febrero de 2020

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A través de un comunicado de sentencia, la Corte Constitucional informó que se declaró inhibida de emitir un pronunciamiento de fondo en relación con los cargos formulados contra el artículo 101 (parcial) de la Ley 42 de 1993.  Cabe precisar que esta ley establece la organización del sistema de control fiscal financiero y los organismos que lo ejercen, y la disposición atacada regula las multas que pueden imponer los contralores. Al respecto, la corporación explicó que aun cuando no existe cosa juzgada sobre la norma demandada no encontró mérito para estudiar de fondo los cargos planteados de modo que procedió a inhibirse por ineptitud sustantiva de la demanda. Adicionalmente explicó que el cargo busca evidenciar que esas disposiciones “han sido aplicadas en su forma más inconstitucional, como lo es la regulación del procedimiento por una norma distinta a la ley”, entonces, no se evidencia la confrontación de la norma en su sentido objetivo y los preceptos superiores que se estiman violados considerándose incumplido el requisito de pertinencia (M. P. Antonio José Lizarazo Ocampo).

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