15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 18 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Corte Constitucional ordenó reintegro de sindicalistas de Emcali despedidos en el 2004 y reiteró el compromiso del Estado con la OIT sobre derecho sindical (10:00 a.m.)

31 de Mayo de 2012

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Nota:
81369
La Corte Constitucional amparó los derechos fundamentales a la asociación sindical, a la huelga y al trabajo de 51 trabajadores de las Empresas Municipales de Cali (Emcali), 45 afiliados a la organización sindical y 6 de sus dirigentes, que fueron despedidos en el año 2004 por participar en un cese de actividades en ese año. Aunque la huelga fue declarada ilegal por el Ministerio de la Protección Social de la época, esa resolución fue anulada por la Sección Segunda del Consejo de Estado y está pendiente de resolver el recurso de súplica en la Sala Plena. La Sala Quinta de Revisión explicó que de acuerdo con los instrumentos internacionales suscritos por Colombia, como los Convenios 87, 98 y 151 de la OIT, la declaratoria de ilegalidad de una huelga debía hacerse en ese momento través de una autoridad judicial y no por una entidad administrativa, como se hizo. La Corte ordenó el reintegro y señaló que existen recomendaciones sobre este caso por parte del Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo. El magistrado NIlson Pinilla salvó parcialmente su voto (M. P. Jorge Iván Palacio Palacio).

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