Consulta previa Expresión “comunidades negras” utilizada en la Ley 70 no es discriminatoria: Corte Constitucional (10:38 a.m.)
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26 de Abril de 2013
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Al considerar que no era discriminatoria la expresión “comunidades negras”, utilizada en dos normas de protección a estos grupos étnicos, la Corte Constitucional declaró ajustada a la Carta Política la Ley 70 de 1993 y el Decreto-Ley 2374 de 1993. Así mismo, determinó que no era necesario efectuar consulta previa para iniciar el trámite legislativo. La alta corporación concluyó que el término ha sido identificado de manera positiva y no ofensiva por la sociedad, al punto que ha sido acuñado ya por varias organizaciones de protección a los derechos de esta población. La Sala Plena recordó que el artículo 55 transitorio de la Constitución también se refiere al término sin pretensiones de generar discriminación. Los magistrados Luis Guillermo Guerrero Pérez, Jorge Iván Palacio y Luis Ernesto Vargas presentaron salvamento parcial de voto, por considerar que era procedente la declaratoria de inhibición por ineptitud sustantiva de la demanda en cuanto al cargo de consulta previa, tópico que para María Victoria Calle y Gabriel Eduardo Mendoza merece la respectiva aclaración de voto (M.P. Mauricio González Cuervo).
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