15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 13 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Consejo de Estado recuerda límites a retiros de funcionarios oficiales que adquieren derecho a pensión (11:45 a.m.)

13 de Febrero de 2013

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Nota:
86368
El Consejo de Estado recordó que los empleados del régimen de transición que obtienen su derecho a pensionarse no pueden ser excluidos de sus cargos hasta no cumplir la edad de retiro forzoso. La Sección Segunda señaló que el artículo 150 de la Ley 100 de 1993 se refiere a esta prohibición. También resaltó el derecho a la seguridad social consagrado en el artículo 48 de la Constitución y la obligación del Estado para ubicar laboralmente a personas mayores (artículo 54 superior). Frente al caso concreto, la corporación indicó que una exempleada del Inurbe incluida en el régimen de transición no podía ser retirada por haber obtenido su derecho de jubilación, debido a que no había cumplido la edad de retiro forzoso. Sin embargo, sostuvo que en este caso lo que procedía era la indemnización por la supresión del cargo, debido a la eliminación de la entidad, y no la reincorporación (C. P. Gustavo Gómez Aranguren).

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