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Consejo de Estado precisó diferencia de las figuras de mandato y representación (1:00 p.m.)

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20 de Septiembre de 2012

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No se puede confundir la figura del mandato con la representación, porque se puede generar un error judicial que dé lugar a un fallo alejado del Derecho, señaló el Consejo de Estado al condenar a la Rama Judicial a pagar más de $ 110 millones por un error judicial de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia. El tribunal de casación negó el reconocimiento de los honorarios de un abogado que participó en la liquidación de una empresa, por estimar que no tenía el poder para hacerlo. Sin embargo, la Sección Tercera, al resolver la acción de reparación directa interpuesta por el profesional del Derecho, explicó que aunque a este no se le confirió poder para presentar la solicitud de revocatoria directa de la resolución mediante la cual fue impuesta la multa por parte de la Superintendencia de Control de Cambios a la empresa en liquidación, ese hecho no permitía concluir que carecía de “mandato” para adelantar la gestión. Explicó la Sala que la Corte Suprema incurrió en error de hecho por la indebida apreciación de una prueba documental, porque existían evidencias del contrato suscrito entre las partes. En el fallo, el alto tribunal precisó su jurisprudencia sobre la teoría de la argumentación para definir el error judicial (C. P. Danilo Rojas).

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