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Consejo de Estado anuló laudo que obligó a la ETB a pagar millonaria suma a Comcel por uso del espectro electromagnético (11:40 a.m.)

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10 de Agosto de 2012

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El Consejo de Estado dejó sin efectos las sentencias proferidas por la Sección Tercera mediante las cuales se declararon infundados los recursos de anulación del laudo arbitral que resolvió un conflicto entre la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá (ETB) y Comcel y ordenó a la primera a pagar una millonaria suma a favor del operador de telefonía móvil. En la decisión, se anuló el laudo del 15 de diciembre del 2006 y se dispuso el reintegro de los pagos realizados en cumplimiento del mismo. El presidente del Consejo de Estado, Gustavo Eduardo Gómez, explicó que los laudos se produjeron sin que hubiese una consulta previa sobre normas de carácter comunitario que están establecidas en el pacto de la Comunidad Andina y que, en esos casos, obliga al juez nacional, en este caso al árbitro, a pedir autorización interpretativa al Tribunal Andino antes de proceder. “Cuando esa consulta no se realiza, las decisiones adoptadas están afectadas de invalidez y nulidad”, señaló Gómez. Sobre el asunto, la Sección Cuarta había declarado improcedente una acción de tutela que buscaba la nulidad del laudo (publicado en LEGISmóvil con el número 11001031500020090124701). Adjuntamos el fallo del 27 de marzo del 2008, que declaró infundado el recurso de nulidad del laudo arbitral proferido el 15 de diciembre del 2006.

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