Comunidad étnica Yukpa goza de una alta y especial protección constitucional
12 de Noviembre de 2020
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Nota:
120067
La Sección Segunda del Consejo de Estado recordó que la comunidad étnica Yukpa goza de una alta y especial protección constitucional, debido a la amenaza o riesgo de extermino físico y cultural, según lo determinó la Corte Constitucional en la Sentencia T-025 del 2004. Por lo anterior, precisó que es ineludible garantizar el goce efectivo de los derechos de la población indígena. En tal sentido, es necesario que la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) adopte medidas concretas y efectivas para asegurar la entrega efectiva de los kits de alimentación asignados a los indígenas Yukpa. Acorde con ello, y en el caso concreto, se ampararon los derechos fundamentales a la vida, alimentación e integridad física y cultural de la comunidad y se ordenó a la unidad que adelante las gestiones necesarias para el transporte y movilización de las ayudas humanitarias hasta los territorios o áreas rurales y realice la entrega efectiva. Igualmente, exhortó al Ministerio del Interior para que continúe la asignación y entrega material efectiva de las ayudas requeridas por los resguardos, hasta tanto continúe el estado de emergencia (C. P. William Hernández Gómez).
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