Comisiones de regulación de servicios públicos pueden adoptar normas de comportamiento diferencial: Procuraduría (3:00 p.m.)
08 de Enero de 2013
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Nota:
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La Procuraduría respaldó la facultad para adoptar reglas de comportamiento diferencial otorgada a las comisiones de regulación de servicios públicos domiciliarios, al solicitarle a la Corte Constitucional que declare exequibles algunos apartes del artículo 74 de la Ley 142 de 1994. Para el Ministerio Público, la expresión “La comisión podrá adoptar reglas de comportamiento diferencial, según la posición de la empresa en el mercado”, contenida en los numerales 74.1.a y 74.2.a, no desconoce las competencias exclusivas del Legislativo, ya que, por motivos de eficiencia, los congresistas pueden entregarles funciones de esta naturaleza a organismos especializados en la materia. El ente de control destacó el precedente jurisprudencial de la Sentencia C-444 de 1998, en la que la Corte avaló la facultad que tiene la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones frente a la expedición de normas (M. P. Jorge Iván Palacio).
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