Comisión Nacional del Servicio Civil tiene facultades de vigilancia y administración sobre sistemas específicos de carrera de las superintendencias (4:26 p.m.)
24 de Julio de 2012
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Nota:
82023
Las superintendencias son las encargadas de la ejecución operativa de su sistema específico de carrera, de acuerdo con los lineamientos y alcances fijados por la Comisión Nacional del Servicio Civil y se encargan de la regulación, vigilancia y administración de dicho sistema, que es de creación legal. Así lo señaló el Consejo de Estado en respuesta a una consulta elevada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. El alto tribunal reiteró lo señalado por la Corte Constitucional en la Sentencia C-1230 del 2005, que extendió la función de vigilancia de la CNSC sobre dichos sistemas a que se entienda que la entidad también tiene a su cargo la administración de los mismos. La Sala de Consulta y Servicio Civil dijo que “cada secretaría general de las superintendencias cumplirá funciones operativas específicas de carrera, sin perjuicio de las potestades administrativas generales y de vigilancia que correspondan a la Comisión” (C. P. Luis Fernando Álvarez).
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