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Celebrar contratos de prestación de servicios para suplir las funciones de un cargo que fue suprimido puede constituir vicio de desviación de poder (3:10 p.m.)

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14 de Agosto de 2012

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El Consejo de Estado señaló que la supresión de un cargo debe justificarse sobre el mejoramiento del servicio, pero si se comprueba que la finalidad de la eliminación del mismo era la de contratar el desempeño de dichas funciones a través de contratos de prestación de servicios, se configura un vicio de desviación de poder por parte del nominador y se afecta de nulidad el acto administrativo que declaró la supresión. Por tal razón, la Sección Segunda declaró nulo el acto administrativo mediante el cual la junta directiva de la Asociación Canal Local de Televisión, Telemedellín, dispuso el retiro de un contador a su servicio, por supresión del cargo, pues se demostró que las funciones por él ejercidas se suplieron mediante contratos de prestación de servicios. La Sala señaló que la junta de Telemedellín incurrió en el vicio de desviación de poder (C. P. Alfonso Vargas).

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