15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 18 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Aumento injustificado del patrimonio de servidores públicos compete a la jurisdicción penal y disciplinaria (8:58 a.m.)

14 de Marzo de 2013

Reproducir
Nota:
87459
La investigación sobre el aumento injustificado del patrimonio de los servidores públicos y exservidores públicos corresponde al jefe de personal de la entidad pública para la cual cumple o cumplía sus funciones y a la jurisdicción penal y disciplinaria, según el caso, indicó la Contraloría General de la República. Las normas que regulan este tema son la Ley 190 de 1995, sobre preservación de la moralidad administrativa; el Decreto 2232 de 1995, sobre declaración de bienes y rentas; la Ley 734 del 2002 (Código Disciplinario Único), sobre procedencia del incremento patrimonial, y la Ley 1474 del 2012 (Estatuto Anticorrupción), que describe el tipo penal denominado enriquecimiento ilícito.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)