Antes del 31 de mayo deberá formalizarse la terminación del beneficio de atención sicosocial a desmovilizados (11:25 a.m.)
17 de Abril de 2013
Reproducir
Nota:
88251
La Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas (ACR) definió el procedimiento para la terminación del beneficio de atención sicosocial, dispuesto en el artículo 4º de la Resolución 163 del 2011. La persona en proceso de reintegración que haya agotado el tiempo previsto podrá recibir un apoyo económico, por un valor de $ 160.000, tal como lo establece el artículo 19 de la mencionada norma. Dicha formalización deberá efectuarse antes del 31 de mayo del 2013.
Opina, Comenta