Amplían plazo para que institutos de fomento y desarrollo obtengan calificaciones mínimas para recibir excedentes de liquidez de los entes territoriales (8:20 a.m.)
10 de Julio de 2012
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Nota:
82324
Con el propósito de que los institutos de fomento y desarrollo continúen administrando los excedentes de liquidez de las entidades territoriales y las entidades descentralizadas del orden territorial, el Ministerio de Hacienda modificó la fecha para que obtengan la calificación de bajo riesgo crediticio para el corto y el largo plazo en los rangos señalados en el Decreto 1525 del 2008. Si al 31 de marzo del 2013 los institutos de fomento y desarrollo no logran, al menos, la segunda mejor calificación del corto o largo plazo, no podrán seguir siendo depositarios de tales excedentes, señala el nuevo decreto.
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