Amplían funciones de alcaldes e inspectores de policía para materializar las órdenes impartidas por los funcionarios judiciales
27 de Julio de 2020
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Nota:
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El Gobierno sancionó la ley por medio de la cual se modifica el artículo 38 del Código General del Proceso (Ley 1564 del 2012) y los artículos 205 y 206 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 del 2016) exclusivamente para armonizar la ejecución de las comisiones de manera directa o subcomisionando a los inspectores de policía, quienes a su vez podrán en su condición de autoridad de policía subcomisionar a otros servidores públicos de la respectiva alcaldía quienes ejercerán transitoriamente como autoridad administrativa de policía. Para conocer detalles de la nueva norma puede consultar el archivo adjunto a esta nota.
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