Aerocivil modifica sus reglamentos y fortalece la protección de usuarios del transporte aéreo (9:58 a.m.)
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23 de Julio de 2013
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La Aeronáutica Civil reformó la parte tercera y séptima de los reglamentos aeronáuticos, en lo pertinente a los derechos y deberes de los usuarios y el régimen sancionatorio, respectivamente, para exigirle a los transportadores aéreos mayores compensaciones frente a situaciones de incumplimiento o deficiencia en la prestación del servicio. En este sentido, se destaca que las empresas aéreas, en adelante, aun compensando al pasajero serán objeto de sanciones administrativas. Es así como se le impondrá a la empresa que por su causa niegue el embarque y no adopte ninguna medida compensatoria, una multa de 10 salarios mínimos mensuales, esta se incrementará dependiendo del número de pasajeros. Igual multa aplica en los casos de sobreventa y con agravante de otro 50 % cuando no haya compensado. También defiende el derecho que tiene el pasajero a modificar parte del itinerario, sin que ello conlleve la pérdida de los trayectos adicionales o el regreso. En los casos de sobreventa, demora superior a cinco horas o cancelación de un vuelo, además de las compensaciones a que tiene derecho el pasajero, deberá reconocer al mismo, como mínimo el 30 % del valor del trayecto, pagadero en efectivo, a menos que el pasajero acepte otra forma, como tiquetes, bonos o millas.
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