Abogado que se apropia de dinero del mandante puede ser excluido de la profesión (8:52 a.m.)
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30 de Julio de 2013
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A pesar de que el a quo había declarado responsable disciplinariamente a un abogado que cobró un cheque, entró en posesión de dinero de su mandante y lo utilizó en forma indebida, el Consejo Superior de la Judicatura declaró la prescripción de la acción que había concluido con la exclusión del ejercicio de la profesión. En el caso en estudio, el disciplinado aceptó, en versión libre, haber tomado el dinero y fue sancionado por incurrir en falta a la honradez del abogado, a título doloso (numeral 4º, artículo 54 del Decreto 196 de 1971). Ante la conducta negligente e impropia de los magistrados del Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia, la Sala compulsó copias para investigar la presunta falta disciplinaria cometida, que permitió la prescripción de la acción disciplinaria (M. P. María Mercedes López Mora).
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