Acción de grupo debe comprender reparaciones colectivas: Jaime Santofimio (4:09 p.m.)
04 de Diciembre de 2012
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Nota:
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El consejero Jaime Orlando Santofimio presentó salvamento parcial de voto frente a la sentencia proferida el pasado 1° de noviembre por la Sección Tercera del Consejo de Estado, que condenó al Distrito Capital y a la firma Prosantana a indemnizar a varias familias afectadas por un derrumbe de basuras en el relleno sanitario Doña Juana, en 1997. Según Santofimio, la motivación del fallo en lo relativo a la condena por concepto de perjuicios morales tuvo serias inconsistencias y se desconocieron los presupuestos de razonabilidad y el ordenamiento jurídico. En su opinión, la forma de liquidar el daño moral “no podía estar orientada en consideraciones estrictamente individualistas perdiendo de vista el horizonte de una reparación integral”. Por el contrario, esta era la oportunidad para que se reconociera que la indemnización en las acciones de grupo no solo comprende el perjuicio moral, sino también reparaciones colectivas respecto al medio ambiente concretadas en cada uno de los afectados. Esta acción no tiene un carácter meramente retributivo sino preventivo, agregó.
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