Abogado no entregó a su mandante el producto recibido y fue suspendido
05 de Enero de 2023
El representante legal de una cooperativa interpuso una queja por haber entregado a un abogado documentos relacionados con un crédito vencido a nombre del deudor principal y del codeudor, con el propósito de iniciar un proceso ejecutivo para obtener las sumas adeudadas; sin embargo, tal situación no se dio, pues ante los reiterados incumplimientos por parte del disciplinado para la entrega de los informes de estado del proceso la cooperativa le solicitó su entrega.
El proceso fue encargado a otro abogado, quien encontró que había sido terminado por solicitud del abogado previo, por pago total de la obligación, lo cual nunca fue de conocimiento de su mandante. La cooperativa contactó al deudor, quien manifestó haber entregado una letra de cambio al disciplinable, para que efectuara su cobro a través de un proceso en contra de otra persona y con el dinero obtenido se cancelara la deuda.
En razón de lo anterior, la falta disciplinaria cometida por el abogado consistió en no entregar a quien corresponde y a la menor brevedad posible el resultado de la gestión que le fue encomendada y además se trasgredió el deber de honradez. Con relación a la falta, se precisó que se considera permanente y su consumación se prolonga durante todo el tiempo desde el cual el disciplinable retenga y hasta cuando efectúe su restitución, teniendo en cuenta que en el caso particular no se probó haber devuelto el producto del proceso que le fue encomendado, el término prescriptivo no puede iniciarse. En consecuencia, se suspendió al abogado por cuatro meses (M. P.: Julio Andrés Sampedro Arrubla).
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