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28 de Marzo de 2024 /
Actualizado hace 16 horas | ISSN: 2805-6396

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Especiales / En ejercicio


“Definitivamente, se debe eliminar el impuesto al patrimonio”

26 de Agosto de 2020

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El Gobierno ya anunció la necesidad de plantear una nueva reforma tributaria. Según el abogado barranquillero Felipe Aroca Lara, recientemente reconocido en el ranking que realiza la firma Chambers & Partners como el único abogado tributarista fuera de Bogotá, por su experticia en la atención de clientes privados y familias en Colombia, en la eventual propuesta debe eliminarse la figura de no responsables de IVA y el impuesto al patrimonio.

 

ÁMBITO JURÍDICO: ¿Qué aspectos no deberían quedar por fuera de una eventual reforma tributaria?

 

Felipe Aroca Lara: Hay varios aspectos importantes que se deberían tener en cuenta. En lo que respecta al IVA, por ejemplo, creo que se debe avanzar hacia su universalización en los productos y servicios de consumo masivo.

 

Con la expedición del Decreto 419 del 2020, se estableció un sistema de devolución de IVA para personas de estratos 1 y 2, es decir, se creó un mecanismo de compensación de este tributo para la población de menores ingresos. En consecuencia, esta medida no afectaría su capacidad de consumo, con respecto a los productos de consumo masivo por parte de familias de escasos recursos, preservando la equidad tributaria. Pero, además, se atendería la capacidad económica real.

 

De otro lado, creo que debe eliminarse la figura de no responsables de IVA, pues la existencia de este tipo de regímenes fomenta la informalidad, la elusión y permiten un trato inequitativo entre contribuyentes, quienes buscan múltiples formas para mantenerse bajo este régimen, dentro del cual no hay obligación de facturar, recaudar ni pagar el IVA y, por ende, se encuentran por fuera del control de la administración tributaria.

 

Á. J.: ¿Qué otras propuestas considera viables?

 

F. A. L.: También considero que se debe eliminar, en forma definitiva, el impuesto al patrimonio o a la riqueza, ya que es antitécnico y regresivo, agresivo con el capital y castiga el crecimiento económico, porque grava en exceso la inversión y aleja la nueva inversión y la reinversión. Adicionalmente, desde la década de los noventa, el Congreso ha aprobado reformas que sistemáticamente reviven una y otra vez el impuesto a la riqueza o el impuesto al patrimonio como un impuesto temporal, afectando la confianza del contribuyente y la seguridad jurídica, ahuyentando la inversión.

 

De otro lado, creo que se debe implementar eficazmente, y de manera universal, la facturación electrónica y acompañarla de contabilidad electrónica, como fase subsiguiente en la tecnología del control tributario.

 

Finalmente, se debe apostar por la formalización empresarial y la progresividad, adoptando medidas como el fortalecimiento del régimen simple de tributación, ampliando sus topes facturables y eliminando barreras inconvenientes, por ejemplo, a los rentistas de capital, a quienes la legislación tributaria está en mora de brindarles un tratamiento más equitativo frente al resto de actividades económicas.

 

Á. J.: La emergencia causada por el coronavirus (covid-19) ha traído graves consecuencias económicas para los empresarios. ¿Qué vehículos financieros y fiscales podrían ayudarlos para superar la crisis? 

 

F. A. L.: Desde el punto de vista financiero, es importante que se flexibilicen de manera real los accesos a créditos para la reactivación para los empresarios de todo el país, con condiciones que sean mucho más favorables que las que existen, y que no aumenten el tamaño de la crisis empresarial. Se debe tener en cuenta que la solidaridad en la reactivación debe tener como punta de lanza al sector financiero.

 

Y desde el punto de vista tributario, considero que deberían perfeccionarse algunos cambios de manera permanente, como la eliminación del sistema de IVA excluido, esto es, dejando solamente los bienes y servicios gravados y exentos. Igual debería ocurrir con el beneficio actual de tomar el IVA pagado en adquisición de activos fijos reales productivos, como un descuento en el impuesto sobre la renta, pues debería hacerse más ambicioso en los próximos 3 o 4 años, permitiendo tomar no solo el IVA como descuento en renta, sino un porcentaje adicional del valor del activo fijo, por ejemplo, el 30 %, como una deducción especial en renta, adicional a la depreciación normal.

 

Este sacrificio fiscal por parte de la Nación permitiría incentivar, de manera más contundente, las decisiones de inversión o reinversión, ensanche o renovación industrial y empresarial. Ese es el tipo de compromisos que se esperan por parte de los empresarios de este país, para lograr una reactivación más exitosa.

 

Á. J.: ¿Cree que la modificación al calendario tributario a los grandes contribuyentes y personas jurídicas y asimiladas (D. 520/20) fue efectiva y suficiente para “navegar” en medio de la crisis? 

 

F. A. L.: El Gobierno Nacional expidió los decretos 401, 435, 520 y 655 del 2020, con el fin de crear medidas de aplazamiento en la declaración y/o pago de los impuestos como alivio en medio de la crisis del covid-19. En épocas de crisis como la actual, cualquier alivio, por pequeño que parezca, es un bálsamo para quien lo recibe. Puedo dar fe de muchas impresiones y comentarios que me he encontrado en el país en relación con estas medidas de alivio y las puedo resumir con una frase sencilla: ni fueron todas las medidas necesarias, ni estaban todos los beneficiarios requeridos.

 

Hay que reconocer que el aplazamiento del plazo de pago o de presentación de algunas declaraciones tributarias fue un gesto importante del Gobierno con algunos de los sectores económicos más afectados con el aislamiento obligatorio. Sin embargo, la economía colombiana está supremamente encadenada y, por ende, esos alivios no llegaron a muchísimos empresarios que no gozaron de aplazamientos.

 

No hay que pensar solamente en algunos grandes empresarios, que no contaron con la totalidad de los beneficios emitidos por el Gobierno, sino, por ejemplo, también en los pequeños empresarios del Régimen Simple, a quienes no se les aplazaron los anticipos bimestrales, haciendo muy difícil su situación, pues no necesariamente seguir facturando significa seguir recibiendo la caja o los pagos, con lo cual la premura para pagar el IVA y el anticipo del Simple se han tornado asfixiantes para muchos de ellos.

 

Felipe Aroca Lara

 

Estudios realizados: es abogado, especialista en Derecho Tributario y magíster en Derecho Tributario de la Universidad Externado de Colombia. Realizó un Diplomado en Finanzas empresariales de la Universidad Complutense de Madrid (España).

 

Cargos desempeñados: ha sido profesor de Derecho Tributario de la Facultad de Derecho de la Universidad Externado de Colombia y coordinador académico y docente de las especializaciones en tributación de la Universidad del Norte.

 

Ocupación actual: es socio fundador de la firma Aroca Vives Abogados y miembro de juntas directivas en sociedades comerciales, consejos de familia y de entidades gremiales.

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