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Karl Mutter: “La regulación sanitaria de Colombia es bastante avanzada”

15 de Enero de 2015

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Nota:
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Desde el inicio de su carrera profesional, Karl Mutter se enfocó en temas de propiedad intelectual. Realizó estudios en la materia en Suiza, Bélgica y EE UU y trabajó en Ginebra (Suiza), en la Academia de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

Con el tiempo, su interés en la regulación sanitaria fluyó naturalmente, “al entender que una empresa que tenga manejos apropiados en regulación sanitaria y propiedad intelectual estará más cerca de una gestión exitosa y sin trabas”.


ÁMBITO JURÍDICO: ¿Qué tan avanzado se encuentra el país en materia de legislación sanitaria?

 

Karl Mutter: Para algunos productos, tenemos reglamentos técnicos avanzados que cumplen estándares internacionales; para otros, es necesaria una actualización. La tendencia colombiana a “sobrelegislar” se ve en algunos casos, así como la dificultad de concertar intereses enfrentados. Comparados con la mayoría de países de Latinoamérica, tenemos una regulación bastante desarrollada. Algunos afirman que sería más conveniente no tener regulación para ciertos productos, como en otros países, porque esto facilitaría su comercialización, pero normas maduras y ajustadas a nuestra realidad combinan de mejor manera los intereses de industria, autoridades y la seguridad de consumidores.  


Á. J.: ¿La normativa interna se acompasa con las reglas previstas en los tratados de libre comercio (TLC) firmados por Colombia?

 

K. M.: Cuando se eliminan los aranceles, la regulación sanitaria se puede convertir, para ambas partes del tratado, en el obstáculo real a los productos importados. Los TLC celebrados con países más desarrollados y con controles regulatorios exigentes podrían derivar en que los productos provenientes de estos mercados tuvieran más facilidades regulatorias para ingresar al nuestro. Las empresas nacionales tienen que ser conscientes de que si las exigencias locales son de primer nivel, sus productos estarán listos, sin necesidad de adaptaciones ni inversiones adicionales, para entrar en mercados de cientos de millones de personas. Una correcta aplicación de nuestras normas permite producir bienes que pueden competir en mercados internacionales.

 

Á. J.: ¿Por qué es importante para un empresario conocer las reglas sobre legislación sanitaria y propiedad intelectual?

 

K. M.: En la práctica, es sorprendente ver cómo, incluso, grandes y antiguas empresas desconocen hasta dónde la regulación sanitaria permea sus operaciones. Esta no es simplemente obtener un registro sanitario: hay normas para instalaciones de fabricación, materiales de empaque, composición, uso restringido de ingredientes, etiquetado (incluyendo proclamas funcionales) y publicidad, que afectan la producción, promoción y comercialización de productos.

 

Con respecto a la propiedad intelectual, las empresas colombianas deben entender que aquella no es solamente respetar los derechos de terceros, sino también desarrollar los propios y, aun más importante, explotarlos económicamente. Incluso, la creatividad en pequeñas mejoras en procesos y productos puede obtener protección y aprovecharse para vender tecnología. Los esfuerzos en posicionar una marca pueden explotarse mediante licenciamiento y por franquicias.

 

Á. J.: En su opinión, ¿qué puntos se pueden mejorar en cuanto al procedimiento de registros sanitarios frente al Invima?

 

K. M.: Aunque reconozco que el Invima se esfuerza por ser una entidad moderna y eficiente y, en muchos aspectos, ha mejorado, todavía queda mucho camino por recorrer. Hay ciertos procedimientos que toman demasiado tiempo en ser resueltos. La rotación de funcionarios y, por ende, la pérdida de conocimientos crea inconvenientes. Diferencias de criterios en interpretación de normas para casos análogos también son comunes. 

 

Hay que aceptar que esto se debe, entre otras cosas, a que hay normativas regulatorias que dejan espacios en blanco y tienen vacíos que deben ser interpretados. Una buena idea sería retomar un proyecto de hace años mediante el cual el Invima, concertando con sus usuarios, desarrolló manuales de procedimientos y definió la manera en la que se interpretarían los requisitos en ciertas normas. Con esto, los usuarios de la entidad sabrían con más certeza cómo cumplir requisitos legales y técnicos, y los funcionarios nuevos contarían con un manual para cumplir con mayor facilidad sus tareas.   


Á. J.: ¿Cómo se evita la promoción y publicidad engañosa de alimentos, suplementos dietarios, productos naturales y cosméticos?

 

K. M.: Siendo veraz. En un mercado competitivo, los consumidores pueden escoger entre gran variedad de opciones, y algunas empresas quieren destacar sus productos al asignarles bondades y características atractivas. El producto que cuida la salud, el que hace brillar el pelo o el que nutre adecuadamente a los niños será elegido sobre los demás.

 

Este tipo de afirmaciones puede hacerse, siempre y cuando tengan un sustento técnico adecuado que haya sido puesto a consideración del Invima. Si efectivamente mi producto hace lo que digo y, por tanto, puedo presentar los sustentos correspondientes, esa es la ventaja que necesito para sobresalir. Pero si lo que afirmo no es correcto, no solo enfrentaré consecuencias legales desde el punto de vista sanitario y de protección al consumidor, sino que también, y más grave, puedo perder a mis clientes. 

 

 

Karl Mutter

 

Estudios realizados: abogado con énfasis en historia de la Universidad de los Andes. Tiene una maestría en Derecho con Especialización en Propiedad Intelectual de la Universidad Católica de Lovaina (Bélgica).

 

Cargos desempeñados: en Cavelier Abogados, trabajó en el Departamento de Marcas, en el Departamento Extranjero y dirigió el Departamento de Registros Sanitarios. También laboró en la Academia de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) en Ginebra (Suiza).

 

Ocupación actual: socio de Mutter & Asociados y jefe de tutores en los cursos del programa Distance Learning de la OMPI.

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