En Ejercicio
Ernesto Gamboa Morales: “El Derecho Deportivo es aplicado cotidianamente en Colombia”
13 de Febrero de 2015
La vinculación del abogado Ernesto Gamboa Morales al Derecho Deportivo tiene su origen en dos de sus grandes pasiones, según lo comenta: “el deporte, como un estilo de vida basado en la alegría del esfuerzo y en los principios éticos fundamentales, y el arbitraje, como foro natural para la resolución de las más complejas controversias internacionales”.
En su ejercicio profesional, ha combinado su condición de árbitro de la Cámara de Comercio de Bogotá y en otras instituciones de arbitraje internacional con el trabajo en su firma Gamboa & Acevedo Abogados. A comienzos del 2015, fue nombrado árbitro del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS, por su sigla en francés), escenario que, sin duda, es el ideal para poner en práctica sus dos pasiones.
ÁMBITO JURÍDICO: ¿Qué hace el TAS?
Ernesto Gamboa Morales: El TAS fue creado a mediados de los ochenta, como respuesta a la necesidad internacional de contar con un órgano independiente que pudiera resolver en forma vinculante y definitiva las controversias jurídicas deportivas.
El TAS tiene la misión de decidir, en última instancia, todos estos conflictos que surjan con ocasión de una decisión de cualquier federación, asociación u otro tipo de entidades a nivel global. Esto implica que, sin ninguna excepción significativa, el deporte a escala mundial y sus diferencias encuentran en el TAS la máxima autoridad de la llamada jurisdicción deportiva. Desde la Convención de París de 1994, gran parte de las federaciones deportivas internacionales y comités olímpicos nacionales han reconocido la jurisdicción del TAS, incluyendo en sus estatutos un pacto arbitral que remite el cierre de sus conflictos a esta institución.
Á. J.: ¿Qué casos emblemáticos ha resuelto el TAS?
E. G. M.: Por vía de ejemplo, el TAS fue el órgano que resolvió, en definitiva, la reclamación de la Federación Uruguaya de Fútbol por la sanción deportiva y económica impuesta al jugador Luis Suárez, por su mordisco en el último mundial; la decisión final sobre la participación del atleta Oscar Pisturius en los Olímpicos de Pekín; la actual sanción al Barcelona FC para inscribir nuevos jugadores en sus competiciones, y la recuperación de la medalla olímpica de nuestro crédito ciclístico María Luisa Calle.
El TAS también constituye la última instancia en casos de dopaje, de conformidad con el Código Mundial de Dopaje, que ha sido adoptado como legislación nacional en numerosos países del mundo. Pero más allá de lo anterior, es el órgano internacional de mayor jerarquía, en donde se definen las controversias de naturaleza comercial deportiva, como, por ejemplo, las referidas al cumplimiento de contratos y patrocinios deportivos, venta de derechos de televisión, transferencia de jugadores, relaciones entre jugadores y clubes o agentes, etc.
Á. J.: ¿Qué Derecho se usa para dirimir tales conflictos?
E. G. M.: En los procesos arbitrales ante el TAS, se aplica el Derecho que haya sido escogido por las partes o, en su defecto, el Derecho suizo. Lo anterior por cuanto su sede principal se encuentra en Lausana (Suiza), con dos subsedes alternas, en Nueva York (EE UU) y Sidney (Australia).
Á. J.: ¿Qué papel desempeñará en su nuevo rol como árbitro de dicho tribunal?
E. G. M.: Tengo el honor de ser el primer abogado colombiano designado por el International Council of Arbitration for Sport (órgano supremo del TAS), para integrar su lista de árbitros oficiales. En el ejercicio de este nombramiento, puedo ser seleccionado como árbitro en cualquier controversia deportiva internacional que sea elevada a la jurisdicción de cierre del TAS.
Á. J.: En su vida profesional, usted se ha desempeñado como árbitro en temas comerciales ¿Qué le ha arrojado esa experiencia de cara a su nombramiento?
E. G. M.: En mi experiencia como árbitro y abogado de parte en procesos arbitrales, he tenido la oportunidad de intervenir frecuentemente en procesos que resolvieron controversias de contenido deportivo, especialmente vinculadas a temas de derechos de transmisión por televisión, contratos de patrocinio, competencia desleal, utilización y usurpación de signos distintivos, etc. Esto, sumado a mi condición de asesor jurídico de reconocidas asociaciones y federaciones deportivas colombianas, me ha permitido tener un contacto directo con el mundo del llamado Derecho Deportivo.
Á. J.: ¿Qué diferencias existen entre el arbitraje deportivo y el comercial?
E. G. M.: Son muchas más las similitudes que las diferencias. En ambos casos, se trata de un mecanismo alternativo de resolución de conflictos, donde las partes habilitan a unos juristas particulares para resolver sus controversias, con prescindencia de los órganos de la justicia estatal. Las materias que se dirimen en ambas jurisdicciones tienen, muchas veces, un contenido análogo, pues en el arbitraje deportivo, la gran mayoría de casos involucra disputas de contenido patrimonial.
Un interesante rasgo del arbitraje deportivo ante el TAS es que, a diferencia de lo que ocurre en el arbitraje comercial, existe la posibilidad de operar como tribunal arbitral de apelación respecto de las decisiones adoptadas por las federaciones y asociaciones deportivas nacionales o internacionales en cualquier disciplina deportiva.
Á. J.: ¿Qué tan desarrollado se encuentra el Derecho Deportivo en Colombia?
E. G. M.: La normativa colombiana a nivel constitucional y legal es suficientemente flexible para que las federaciones y asociaciones deportivas nacionales ajusten su ejercicio jurídico a los estándares internacionales de justicia deportiva. En la práctica, el Derecho Deportivo es aplicado cotidianamente en Colombia, a través de las decisiones autónomas de contenido “jurisdiccional” que toman las federaciones y asociaciones de las distintas disciplinas deportivas, como partícipes del sistema internacional de justicia deportiva, cuyo último eslabón es, precisamente, el TAS. En lo académico, esta realidad viene siendo reconocida por las principales facultades de Derecho del país, a través de los cursos, diplomados y especializaciones en Derecho Deportivo que hoy ofrecen.
Á. J.: ¿Por qué es importante conocer sobre Derecho Deportivo?
E. G. M.: La comunidad jurídica, sus abogados, jueces y estudiantes debemos tomar conciencia que detrás de la afición y pasión que nos genera el deporte, existe un marco normativo y jurisdiccional global sin el cual lo deportivo perdería su sostenibilidad.
Ernesto Gamboa Morales
Estudios realizados: abogado y especialista en Derecho Privado, en Derecho Público y en Derecho Procesal de la Universidad del Rosario y máster en Derecho Tributario de la Universidad de los Andes. También tiene un certificado en Derecho Internacional de University College of London (Reino Unido).
Cargos desempeñados: ha sido árbitro y apoderado en más de 30 tribunales de arbitraje, asesor y abogado en temas de Derecho Deportivo y docente universitario, entre otros cargos.
Ocupación actual: socio fundador de Gamboa & Acevedo Abogados, árbitro del Tribunal de Arbitraje Deportivo y de la Cámara de Comercio de Bogotá.
Opina, Comenta