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26 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 6 horas | ISSN: 2805-6396

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“No podemos alcahuetear la hipocresía de los Estados frente al SIDH”

09 de Junio de 2016

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Durante su vida profesional, la docente Paola Andrea Acosta, editora de la Revista Derecho del Estado, ha trabajado diversas líneas de investigación, como las relaciones entre el Derecho Internacional y el derecho interno, los mecanismos de protección de derechos humanos y el pluralismo constitucional. En su opinión, es urgente repensar la forma como se comprenden las relaciones entre los ordenamientos internacional e interno.

 

ÁMBITO JURÍDICO: ¿Qué busca transmitir a través de su obra ‘Diálogo judicial y constitucionalismo multinivel’?

 

Paola Andrea Acosta: Con este trabajo pretendo llamar la atención sobre algunas mutaciones que ha experimentado el Derecho Internacional. En especial, me interesa resaltar los cambios en su relación con los ordenamientos internos y lo que ello implica para los agentes nacionales e internacionales, así como para el esquema de protección de los derechos fundamentales. Mi interés primordial es demostrar que existe un proceso de constitucionalización del Derecho Internacional, en el que los funcionarios nacionales, especialmente los jueces, tienen un papel importante.

 

Á. J.: ¿Qué implica la idea del diálogo judicial?

 

P. A. A.: Con esta idea hago alusión a un tipo particular de comunicación transjudicial que va más allá del derecho comparado o la migración de ideas constitucionales. El diálogo surge de la obligación que tienen los jueces, nacionales e internacionales, de interpretar su propio derecho a la luz del trabajo adelantado por sus homólogos de otros ordenamientos. Este tipo de interacción hace que, como lo explico en mi libro desde el ejemplo de los esquemas multinivel de protección, el juez nacional actué como agente del Derecho Internacional y que el juez internacional funja como agente de objetivos constitucionales. 

 

Á. J.: ¿Conceptos clásicos del Derecho Internacional como monismo, dualismo, jerarquía y soberanía deben ser estudiados de otra forma?

 

P. A. A.: Sin duda. Las teorías clásicas que explican las relaciones entre el Derecho Internacional y el derecho interno fueron pensadas en un contexto diferente al actual, lo mismo ocurre con el concepto de soberanía. Los cambios en el fundamento y los objetivos del Derecho Internacional, la multiplicación de actores y sujetos internacionales, la evolución en la forma de creación de obligaciones internacionales, la judicialización del ordenamiento y, sobre todo, las crecientes interacciones entre ambos ordenamientos hacen que la idea de soberanía tal como la comprendíamos se haya matizado y, ahora, se piense en ella en términos funcionales y de responsabilidad y que términos como monismo, dualismo o jerarquía pierdan su utilidad.

 

Á. J.: ¿Cómo ha cambiado la relación entre el Derecho Internacional y el Derecho interno en los últimos años, con ocasión del fenómeno de la globalización?

 

P. A. A.: Este es uno de los aspectos que mayores cambios ha experimentado. El Derecho Internacional dejó de ser el ordenamiento que regula tan solo las relaciones entre Estados, sus normas afectan los aspectos más básicos de nuestras vidas y tienen importantes efectos sobre nuestro sistema de fuentes, la estructura estatal, la función pública y, cómo no, la protección de los derechos fundamentales. Además, el derecho nacional se convirtió en pieza clave de la eficacia del Derecho Internacional.

 

Por ello, es urgente repensar la forma como comprendemos las relaciones entre estos dos ordenamientos, hablar de monismo o dualismo no es suficiente, no podemos pensar en ordenamientos completamente diferentes, pero tampoco en uno solo articulado bajo premisas de jerarquía. Quizás deberíamos contemplar la idea de un pluralismo constitucional, un modelo en el que se remplaza la idea de jerarquía por la de heterarquía y en el que los conflictos normativos se resuelven caso por caso a la luz de unos principios orientadores.

 

Á. J.: ¿Es posible que también la definición de bloque de constitucionalidad haya evolucionado y deba ser mirado ahora de otra forma?

 

P. A. A.: El bloque es una de las tantas figuras que sirve para articular las relaciones entre los dos ordenamientos, puede que su definición sea la misma, pero, sin duda, su configuración y uso han evolucionado. Este último aspecto es, quizás, el que más atención merece, pues la idea del bloque ha servido para crear conciencia de la importancia de que todos los funcionarios estatales, en especial los jueces, asuman el Derecho Internacional como una herramienta fundamental para el ejercicio de sus funciones y creen conciencia de su papel como agentes del Derecho Internacional. 

 

Á. J.: ¿Qué opina sobre la falta de recursos que desde hace años denuncian las instituciones del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH)?

 

P. A. A.: ¡Es una vergüenza! Es reprochable que los Estados no asuman su compromiso con un escenario fundamental para la consolidación del Estado social de derecho, pese a su discurso pro derechos humanos y la indudable importancia del SIDH. No comprendo cómo los Estados de la región han aportado 13 millones de dólares a la Corte Penal Internacional, un escenario ante el cual no se tramitan casos que involucren situaciones que afectan a la región, pero le den al SIDH menos de 200.000 dólares. Incluso, el Sistema Africano tiene más presupuesto y lo poco que tenemos se lo debemos a la cooperación internacional.

 

¿Cómo es posible que Colombia solo haya aportado 70.000 dólares al SIDH en el 2015? Esta situación tiene que cambiar, ¡pronto! Los Estados de la región no pueden mantener un discurso de protección cuando están asfixiando al SIDH, yendo en contravía de sus compromisos constitucionales e internacionales. Tenemos que exigir que el Estado cumpla sus obligaciones, no podemos alcahuetear tanta hipocresía.

 

Á. J.: ¿Está en riesgo la protección de los derechos humanos ante el SIDH?

 

P. A. A.: Totalmente. Que se reduzca el equipo que conoce de los más de 6.000 casos a tan solo 7 personas, que se desmantele el grupo que se encarga de las medidas urgentes de protección, que se tengan que cancelar audiencias y visitas in loco es el primer paso para el colapso de lo que debería ser el bien más preciado de las Américas: su sistema de protección.

 

 

Paola Andrea Acosta Alvarado

 

Estudios realizados: abogada y magistra en Derecho de la Universidad Externado y doctora en Derecho Internacional y Relaciones Internacionales, Instituto Ortega y Gasset, Universidad Complutense de Madrid (España). También tiene un Postítulo en Derechos Humanos, Justicia Transicional y Procesos de Democratización de la Universidad de Chile.

 

Cargos desempeñados: docente universitaria e investigadora.

 

Ocupación actual: Editora de la Revista Derecho del Estado y coordinadora general de los Grupos de Interés de la Sociedad Latinoamericana de Derecho Internacional de la Universidad Externado.

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