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Actualizado hace 8 hours | ISSN: 2805-6396

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“Las personas ciegas tienen el derecho a acceder a la información”

05 de Noviembre de 2020

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La Ley Estatutaria de Discapacidad (L. 1618/13) constituyó un notable avance en la protección de los derechos de las personas en situación de discapacidad. Siete años después de su expedición, persiste el esfuerzo del Legislativo por desarrollar un marco legal que garantice las prerrogativas de esta población. El Instituto Nacional para Ciegos (Inci) es una de las entidades que apoya el avance de estas iniciativas, con el propósito de lograr la inclusión social, educativa, económica, política y cultural de las personas ciegas y de baja visión.

 

ÁMBITO JURÍDICO conversó con su director, el abogado Carlos Parra Dussan, sobre los proyectos de ley que se encuentran en trámite y que buscan fortalecer las medidas que benefician a ese sector de la población.

 

ÁMBITO JURÍDICO: Este año se radicó un proyecto encaminado a reconocer e identificar el bastón blanco para la movilidad de las personas con discapacidad visual. ¿Por qué es importante esta iniciativa? 

 

Carlos Parra Dussan: En primer lugar, es necesario poner en contexto que la discapacidad visual es la de mayor prevalencia en el país, con dos millones de personas ciegas y de baja visión. Por esto, el bastón blanco es símbolo de identidad, protección y movilidad para esta población. Las características de diseño y técnica de manejo de este dispositivo facilitan el rastreo y detección oportuna de obstáculos que se encuentran en el suelo y en el entorno inmediato.

 

El Proyecto de Ley 201 Senado reglamenta el uso del bastón, porque, en este momento, esa ayuda técnica no tiene piso jurídico en nuestro entramado normativo: aunque sea paradójico, no existe una norma que regule el uso del bastón blanco con extremo inferior rojo para ciegos.

 

Á. J.: Otros dos proyectos buscan garantizar la apropiación digital en las personas con discapacidad. ¿Qué lineamientos debería incluir en beneficio de las personas ciegas y con baja visión? 

 

C. P. D.: Recordemos que el numeral 11 del artículo 16 de la Ley Estatutaria de Discapacidad determina que es necesario definir los estándares de accesibilidad web para que se garantice el pleno acceso de esta población a esos sitios, a los sistemas y a la información que contienen. En ese sentido, encontramos en el Senado el Proyecto de Ley 132 del 2020, que garantiza la apropiación digital de las personas con discapacidad a través de una política pública nacional.

 

Igualmente, se señala que, con el objeto de dar cumplimiento a la ley, el Estado requiere definir los estándares de publicación y divulgación de la información pública, de forma que facilite el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los sujetos, todo en garantía del derecho de acceso a la transparencia en la información pública, en concordancia con lo consagrado en el parágrafo 3º del artículo 9º de la Ley 1712 del 2014 y el artículo 2.1.1.2.1.1 del Decreto 1081 del 2015.

 

En realidad, las personas ciegas son quienes más dificultades tienen a la hora de acceder a la información, debido a que los sitios web están pensados en la cultura de lo visual. Dadas estas circunstancias, se requiere una política pública de apropiación digital que garantice el acceso a la información a las personas ciegas y con baja visión en todo el sistema digital. 

 

Á. J.: También, se tramitan otras propuestas encaminadas a garantizar y facilitar el acceso a la educación pública de esta población. ¿Qué barreras de accesibilidad existen para alcanzar esa meta? 

 

C. P. D.: La educación presenta algunas barreras para la población con discapacidad visual, como la del acceso a la información, por lo que encontramos dos proyectos complementarios, como el 135, del Senado, sobre el sistema de lectoescritura braille y, también, el 283 del 2020 de la Cámara, que regula el sistema de audiodescripción para ciegos en Colombia.

 

Si bien es cierto que la educación básica es gratuita, existen dificultades para que la población con discapacidad visual acceda a la educación superior, por lo que fue radicado el proyecto de Ley 104 del 2020 de la Cámara, que promueve el acceso a la educación superior pública gratuita a esta población.

 

Aunque no es de esta legislatura, también es de gran importancia el proyecto de Ley 138 del 2019 del Senado, que tiene el propósito de ratificar el Tratado de Marrakech en Colombia, para obtener la exención patrimonial en la reproducción de libros para ciegos, siempre que su distribución sea gratuita.

 

El Tratado de Marrakech busca establecer, en las leyes nacionales de derechos de autor, excepciones para personas con discapacidad visual y con otras dificultades para acceder al texto impreso, así como permitir el intercambio de obras accesibles entre los distintos estados que hayan ratificado el Tratado.

 

Cabe recordar que, con el Decreto 1421 del 2017, el Gobierno fortalece la educación inclusiva de las personas con discapacidad en todo el país, cumpliendo con la reglamentación de la Ley Estatutaria de Discapacidad y ajustándose a la Convención de Discapacidad de la ONU.

 

Á. J.: Así como resulta importante garantizar las prerrogativas de las personas con discapacidad visual, algunos proyectos han incluido diferentes mecanismos de protección a sus cuidadores. A su juicio, ¿qué aspectos deben destacarse de estas iniciativas y por qué? 

 

C. P. D.: Sobre cuidadores encontramos dos proyectos: el 041 del 2020, que establece medidas efectivas y oportunas en materia de formación, atención en salud física y mental y generación ingresos a los cuidadores familiares e informales de personas con discapacidad.

 

Igualmente, el Proyecto de Ley 267 del 2020 Cámara, que promueve la visibilización de los cuidadores de personas con discapacidad, se incentiva su formación, el acceso a empleo, el emprendimiento y la generación de ingresos.

 

En conclusión, es muy importante desarrollar esta actividad de incidencia legislativa, puesto que es una manera de participar en la política pública de discapacidad y de garantizar y proteger los derechos de esta población.

 

Carlos Parra Dussan

 

Estudios realizados: es abogado y especialista en Derecho Constitucional de la Universidad del Rosario. Además, es Doctor en Derechos Fundamentales de la Universidad Carlos III de Madrid (España).

 

Cargos desempeñados: fue miembro del Comité de Naciones Unidas para la Discapacidad (2015–2018) y ha ejercido como docente.

 

Ocupación actual: Director del Instituto Nacional Para Ciegos e investigador y profesor de la Universidad Sergio Arboleda.

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