Rechazan nulidad de inscripción de Abelardo de la Espriella como candidato presidencial
Acto de inscripción es de trámite dentro de la actuación que culmina con el acto que declara la elección.
12 de Junio de 2026
El Consejo de Estado rechazó la solicitud de nulidad contra el acto de inscripción de Abelardo Gabriel de la Espriella Otero como candidato presidencial, al considerar que no es susceptible de control judicial, por cuanto no contiene una decisión de fondo que culmine una actuación administrativa.
Según el demandante, el acto cuestionado vulnera los artículos 1, 2, 4 y 95 de la Constitución Política, ya que el candidato tiene vigente la nacionalidad estadounidense y conserva la nacionalidad italiana, sin haber renunciado a ellas para aspirar a ser el nuevo mandatario de los colombianos.
El alto tribunal resaltó que el acto de inscripción de una candidatura es un acto de trámite que se profiere dentro de la actuación que culmina con el acto que declara la elección, el cual no es enjuiciable de forma directa, sino que es necesario demandar conjuntamente con el acto final, pues su cuestionamiento hace parte de los cargos contra este (M. P. Omar Joaquín Barreto Suárez).
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