Petro deberá retractarse por frase que incrimina a familiares de Gloria Lara en su asesinato
Sobre quienes fueron procesados no se ha producido, con fuerza legal, ruptura de presunción de inocencia.Openx [71](300x120)

24 de Junio de 2025
En ejercicio de la acción de tutela, Gloria Lucía Echeverri Lara y Luz María Echeverri Lara solicitaron la protección de sus derechos fundamentales a la honra, buen nombre y dignidad de su familia, los cuales consideraron vulnerados por el presidente Gustavo Petro en afirmaciones que este hizo durante un discurso público del 14 de junio del 2024, en la Universidad Sueca de Defensa, en Estocolmo, donde señaló que a la señora Gloria Lara, al parecer, la mató y secuestró un familiar.
El Consejo de Estado modificó parcialmente el fallo de primera instancia, proferido por su Sección Tercera, mediante cual se ampararon los derechos fundamentales a la honra y al buen nombre de las accionantes. Compartió las consideraciones en cuanto a que la frase cuestionada no cumple con cargas de veracidad e imparcialidad ni con un mínimo de justificación fáctica real, ya que las accionantes, por hacer parte de esa familia, resultan sin ninguna base incluidas entre posibles autoras responsables de los crímenes de que fue sujeto pasivo su propia madre.
Torturas y presiones
No obstante, en cuanto a la afirmación del mandatario consistente en que los procesados por el secuestro y asesinato de la señora Gloria Lara de Echeverri son inocentes y su confesión inicial se dio en un contexto de torturas y presiones, señaló que no vulnera los derechos invocados por las accionantes y no carece de algún fundamento fáctico. Por lo tanto, en ese sentido, se modificó el fallo de primera instancia.
Si las personas procesadas por los delitos de secuestro y asesinato de la señora Gloria Lara de Echeverri se beneficiaron del fenómeno jurídico de la prescripción de la acción penal es claro que contra ellas no pesa una sentencia condenatoria por esos delitos y, por ende, las afirmaciones del Presidente de la República no carecen de veracidad pues no se ha producido, con fuerza de verdad legal, una ruptura de su presunción de inocencia.
La Sala ordenó a Gustavo Petro Urrego retractarse y presentar excusas públicas a las accionantes respecto de la afirmación “una señora llamada Gloria Lara, que al parecer la mató y la secuestró un familiar”. Lo anterior deberá publicarse y permanecer por tres meses en la página web oficial de la Presidencia de la República, del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y del Consulado de Colombia en Estocolmo – Suecia (M. P. Omar Joaquín Barreto Suárez).
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