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‘Master and Commander’ en tiempos del narcotráfico: lecciones jurídicas de alta mar

Resulta relevante la operación naval de EE UU en aguas internacionales frente a las costas venezolanas, destinada a interrumpir rutas de narcotráfico transnacional.

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Superman (2025): el espejo del Derecho Internacional y la condición humana

09 de Septiembre de 2025

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Juan Fernando Gil Osorio
Doctor en Derecho

La pregunta central que guía esta reseña es si una película de aventuras navales del siglo XIX tiene la capacidad de contribuir al pensamiento jurídico contemporáneo. La respuesta a esta pregunta es afirmativa. Master and Commander: The Far Side of the World (2003), dirigida por Peter Weir y protagonizada por Russell Crowe en el papel del capitán Jack Aubrey, es un símbolo de los problemas a los que se enfrenta actualmente el Derecho Marítimo Internacional. Además, las expediciones científicas del Dr. Stephen Maturín, uno de los actores de reparto, se adelantaron a su tiempo, en lo que respecta a las preocupaciones medioambientales, y ahora estas son fundamentales para la Agenda 2030 de las Naciones Unidas y el ODS 14: vida submarina, poniendo de relieve la responsabilidad de los gobiernos de proteger la biodiversidad marina, como parte del patrimonio común de toda la humanidad.

La película, inspirada en la novela de Patrick O'Brian, recibió 10 nominaciones a los Premios Óscar y ganó dos: Mejor Fotografía y Mejor Edición de Sonido, distinciones que reforzaron su valor estético y su enfoque realista de la guerra naval de la época. La narrativa de la película, ambientada en el contexto de las guerras napoleónicas y centrada en la persecución de la fragata británica HMS Surprise y la corbeta francesa Acheron, ofrece un paralelismo ilustrativo y convincente con la época contemporánea. En un contexto histórico caracterizado por la prevalencia de normas consuetudinarias fragmentadas, los enfrentamientos navales se resolvían en alta mar, una zona que no estaba sujeta a la jurisdicción de ningún código normativo establecido.

Desde un punto de vista jurídico, subraya la idea de que el uso de la fuerza en el contexto marítimo está limitado por normativas internacionales que dan prioridad al Estado de derecho sobre la acción militar. Por el contrario, el derecho marítimo internacional contemporáneo sirve como marco regulador para la conducta de los Estados y los actores no estatales, estableciendo obligaciones en materia de piratería, interdicción marítima y solución pacífica de controversias. El marco regulador que rige las aguas territoriales, la zona económica exclusiva, la plataforma continental y la alta mar fue establecido principalmente por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convemar, 1982). La “Constitución de los Océanos” es un instrumento que se ha desarrollado con el fin de equilibrar los intereses de la soberanía estatal, con los de la libertad de navegación, la seguridad colectiva y la protección del medioambiente.

Crímenes transnacionales en el mar: continuidad de viejos y nuevos desafíos

Más allá de los conflictos bélicos interestatales, la alta mar continúa siendo escenario de graves crímenes transnacionales, que ponen a prueba la eficacia del Derecho Internacional. Entre ellos destacan: (i) piratería marítima, definida en el artículo 101 de la Convemar, afectando la seguridad del comercio internacional y la libertad de navegación; (ii) tráfico ilícito de estupefacientes, particularmente en el Caribe y el Pacífico, donde redes criminales emplean semisumergibles y lanchas rápidas para evadir la vigilancia estatal (UNODC, 2022); (iii) tráfico de armas, que alimenta conflictos armados y debilita la seguridad regional, vinculado en muchas ocasiones con la delincuencia organizada, y (iv) trata y tráfico ilícito de migrantes por mar, fenómeno que evidencia la vulnerabilidad humana, frente a redes criminales que explotan la desesperación de poblaciones en movilidad (IOM, 2023).

Estos ilícitos comparten un denominador común: se desarrollan en un espacio transnacional donde la jurisdicción estatal es condicionada y donde la cooperación internacional resulta imprescindible. La represión de estos crímenes exige la articulación de instrumentos internacionales complementarios como la Convención de Palermo contra la Delincuencia Organizada Transnacional (2000), con el régimen de la Convemar, condescendiendo operaciones conjuntas, intercambio de inteligencia y mecanismos de interdicción compatibles con el derecho internacional.

En este marco, resulta relevante la operación naval de EE UU en aguas internacionales frente a las costas venezolanas, destinada a interrumpir rutas de narcotráfico transnacional, con el impresionante despliegue del buque lanzamisiles USS Lake Erie, de 173 metros de eslora, 9.800 toneladas de desplazamiento, transporta dos helicópteros SH-60 Sea Hawk, diseñado para la guerra antisubmarina, antiaérea y antisuperficie y cuenta con un sistema para el lanzamiento de misiles Tomahawk y SM-2. Este buque se suma a otros tres buques destructores (USS Gravely, USS Jason Dunham y USS Sampson), con misiles guiados de la clase Arleigh Burke, armados con sistemas de combate Aegis, con más de 90 misiles, incluidos tierra-aire.

A ellos se sumarán tres buques anfibios y una fuerza que abarca más de 4.500 marinos e infantes de marina, misión que evidencia la importancia de la interdicción marítima multilateral, y el respeto a los principios de la Convemar, en particular, el equilibrio entre la eficacia operativa, la soberanía de los Estados ribereños y la libertad de navegación. El caso demuestra que, a pesar de la transición de los actores desde las potencias imperiales, como se observó durante la era napoleónica, a las redes criminales transnacionales, la lógica jurídica sigue siendo la misma: las acciones emprendidas en el mar deben interpretarse a través del derecho internacional.

Colombia, actor marítimo estratégico

Para Colombia, Estado bioceánico, la vigencia de este marco jurídico resulta determinante. La defensa de la soberanía, la protección de los ecosistemas marinos y la seguridad frente al crimen organizado, imponen el fortalecimiento de capacidades navales y diplomáticas. En este escenario, la Armada Nacional y en especial Cotecmar, se erige como un actor estratégico de innovación y proyección tecnológica, consolidando a Colombia como un referente regional en materia de construcción naval y poder marítimo.

Así como en la película el éxito del capitán Aubrey dependía de la estrategia y de la fortaleza de su fragata, hoy Colombia debe comprender que su liderazgo marítimo se cimenta en el equilibrio entre derecho internacional, cooperación multilateral y desarrollo tecnológico nacional. Los océanos son patrimonio de la humanidad, demandando gobernanza jurídica y responsabilidad compartida: una lección que, desde la ficción cinematográfica, se proyecta con absoluta vigencia en los retos marítimos contemporáneos.

Bibliografía:

- Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convemar). (1982). Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Naciones Unidas. https://www.un.org/depts/los/convention_agreements/texts/unclos/unclos_s.pdf

- International Organization for Migration (IOM). (2023). World Migration Report 2023. IOM. https://worldmigrationreport.iom.int

- United Nations Office on Drugs and Crime (UNODC). (2022). World Drug Report 2022. United Nations. https://www.unodc.org/unodc/en/data-and-analysis/wdr2022.html

- United Nations. (2015). Transforming our world: The 2030 Agenda for Sustainable Development (A/RES/70/1). Naciones Unidas. https://sdgs.un.org/2030agenda

- United Nations. (2000). United Nations Convention against Transnational Organized Crime and the Protocols Thereto. Naciones Unidas. https://www.unodc.org/unodc/en/organized-crime/intro/UNTOC.html

- Weir, P. (Director). (2003). Master and Commander: The Far Side of the World [Película]. 20th Century Fox.

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