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Esta ley regulará a los gestores comunitarios del agua

Los gestores se podrán conformar a partir de cualquiera de las figuras asociativas sin ánimo de lucro vigentes o juntas de acción comunal.

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17 de Junio de 2026

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Se trata de una iniciativa que reconoce la gestión comunitaria del agua y el saneamiento básico como una modalidad diferenciada de prestación del servicio, bajo los principios de solidaridad, sostenibilidad, participación democrática y cuidado del territorio.

La comisión conciliadora del proyecto de ley concluyó que la Cámara de Representantes introdujo ajustes que obligan a acoger en su mayoría el texto aprobado en esta corporación.

Los gestores comunitarios del agua se podrán conformar a partir de cualquiera de las figuras asociativas sin ánimo de lucro vigentes o juntas de acción comunal. Tendrán carácter solidario con patrimonio propio y cooperarán entre sí a través de unos estatutos asociativos para el desarrollo de un modelo especial de gestión.

La autoridad ambiental competente en alianza con la alcaldía municipal correspondiente crearán el comité municipal de microcuencas y acuíferos por cada municipio donde se encuentre por lo menos una comunidad gestora del agua, será una instancia de consulta, interlocución y decisión para la coordinación y planeación del ordenamiento de las microcuencas y acuíferos, la priorización de medidas de conservación, restauración y resolución de conflictos relacionados con las fuentes de agua.

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