El licenciamiento ambiental que la transición necesita
En lugar de exonerar los proyectos de energías renovables de la licencia ambiental, se debería adoptar un procedimiento diferente para el licenciamiento ante las autoridades regionales.Openx [71](300x120)

24 de Junio de 2025
Juliana Zuluaga Madrid
LL. M. en Derecho Ambiental y Energético y Ph. D. de la Universidad KU Leuven de Bélgica
Recientemente, trascendió la intención del Gobierno de exonerar del requisito de licencia ambiental los proyectos de energías renovables de menos de 100 MW de capacidad, de competencia de las corporaciones autónomas regionales.
Según los datos del Ministerio de Minas y Energía, el 52 % de los proyectos de energías limpias (más de 100) están frenados por falta de la licencia ambiental en las CAR.
Aunque exonerar estos proyectos del requisito de licencia ambiental puede ser atractivo para los operadores e inversionistas, e impulsaría la diversificación de la matriz energética, esto no sería sin costos en términos de control y protección ambiental y de los derechos de las comunidades, por lo que vale la pena mirar alternativas.
El sistema de licenciamiento ambiental en Colombia empezó a implementarse en 1993, con la expedición de la Ley 99, que creó el Sistema Nacional Ambiental (SINA). Desde los años noventa, se previó que la competencia para emitir licencias ambientales se asignara en dos categorías claras: los proyectos más complejos, de mayor tamaño y que pudieran generar impactos a través de varias geografías serían de competencia del Ministerio de Ambiente (Minambiente, esta función hoy la cumple la ANLA), y aquellos proyectos de menor tamaño y complejidad, con impactos a nivel local o regional, serían de competencia de las CAR (o equivalentes) dentro de su respectiva jurisdicción.
A pesar de realizar esta distinción, claramente conveniente para descentralizar y facilitar los procesos de licenciamiento, el procedimiento para la solicitud y trámite de las licencias ambientales ha sido siempre el mismo, sin distinguir entre los proyectos de competencia del Minambiente y los de las CAR.
En términos generales, las licencias ambientales otorgadas en los primeros años de implementación del sistema eran más simples, se obtenían más rápido y se solicitaban con estudios de impacto ambiental (EIA) más sencillos y menos costosos.
Hoy en día, los procesos de licenciamiento ambiental han “evolucionado”: los EIA constan de miles de páginas de análisis, caracterizaciones, monitoreos e inventarios, con pesados y numerosos anexos, a un nivel de detalle digno de las más avanzadas investigaciones de los institutos ambientales nacionales.
Pero a pesar de lo extenso y detallado de los estudios ambientales, las autoridades siempre realizan requerimientos para complementarlos, actualizarlos o aportar unos nuevos. Como no existe ningún lineamiento que limite la cantidad o especificaciones de la información que la autoridad puede solicitar al tramitar la licencia ambiental, algunos funcionarios, con celo excesivo, requieren todos los estudios adicionales concebibles, aunque su valor para tomar la decisión sea marginal y sus costos en recursos y tiempos sean altos.
Si bien se destaca que los procesos de licenciamiento realmente han mejorado desde los años noventa en aspectos como la participación ciudadana, la calidad de la información presentada y el avance en las metodologías para evaluar impactos complejos de forma integral, hay un punto en el que más estudios, más tiempo o más profesionales no equivale a un mejor resultado para el ambiente o para el desarrollo de los proyectos. Es importante definir ese punto y aplicar los principios administrativos de eficacia y economía, que parecen ser letra muerta en algunas autoridades ambientales.
En lugar de exonerar los proyectos de energías renovables de la licencia ambiental, se debería adoptar un procedimiento diferente para el licenciamiento ante las autoridades regionales; más liviano, más rápido, a la medida de las capacidades técnicas y humanas de las autoridades y de los impactos que los proyectos de menor escala pueden tener. Así mismo, para proyectos del mismo tipo y alcance, se deberían estandarizar parcialmente las medidas ambientales, de manera que la evaluación y expedición de las licencias sea mucho más expedita y se logre cierta uniformidad en la aplicación de las normas por parte de las diferentes autoridades regionales.
El licenciamiento ambiental que la transición energética necesita no es uno inexistente, sino uno mejor regulado y a la medida de los proyectos y las capacidades de las CAR.
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