ATENCIÓN: Suspenden decreto que permitía trasladar a usuarios de EPS
De su lectura preliminar, señaló el Consejo de Estado, se desprende que no satisface exigencias de proporcionalidad.
06 de Mayo de 2026
El Consejo de Estado declaró la suspensión provisional del Decreto 182 del 2026, por el cual se estableció un nuevo modelo de aseguramiento en salud con enfoque territorial y poblacional, orientado a fortalecer el acceso, continuidad y eficiencia del sistema en todo el país.
De acuerdo con la norma, se buscaba reorganizar la operación de las EPS según su capacidad real en cada territorio, definir límites basados en el tamaño poblacional de municipios y departamentos, mejorar el proceso de reasignación de afiliados cuando una EPS deja de operar y garantizar que la atención en salud no se interrumpa bajo ninguna circunstancia. (Lea: Definen límites poblacionales para operación de EPS en el país).
El alto tribunal advirtió que, de su lectura preliminar y su comparación con normas superiores, se desprende que el modelo adoptado no satisface las exigencias del principio de proporcionalidad, pues las medidas adoptadas comportan una afectación relevante del derecho a la salud, en particular la libre escogencia y los principios de accesibilidad, disponibilidad, calidad y continuidad del servicio.
Lo anterior, señaló, pone de manifiesto que se cumplen los presupuestos del artículo 231 del CPACA, ya que se evidencia a primera vista la violación de normas superiores, es decir, el requisito de apariencia de buen derecho, aunado a que la permanencia de los efectos entraña un riesgo de afectación actual y continuo (M. S. Nubia Margoth Peña Garzón).
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