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Consejo de Estado reitera que el estatuto de un ente universitario es el que rige, en principio, la elección de directivos (3:16 p.m.)

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14 de Julio de 2011

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El Consejo de Estado recordó que, por la autonomía que tienen las universidades oficiales, los estatutos son los que rigen los procesos de consulta o de elección de directivos. A los estatutos les siguen los actos de convocatoria y las diferentes resoluciones que sobre el particular dicte el ente universitario. Con estos argumentos, la Sección Quinta revocó una sentencia del Tribunal Administrativo de La Guajira que había anulado la elección del rector de la Universidad de La Guajira, por no haber acreditado la experiencia exigida para el cargo. En el fallo se aclaró que cuando no se especifica estatutariamente el contenido del documento que acredite la experiencia se deben tener como suficientes las certificaciones y constancias que se alleguen, si dan cuenta de la trayectoria del candidato y hacen constar el lapso en el que se cumplió (C.P. Susana Buitrago Valencia).

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