Abogados que asesoren sobre causas laborales deben apegarse a normativa disciplinaria
Su desempeño profesional hace parte de las acciones encaminadas a garantizar la mejor aplicación de la reforma laboral.Openx [71](300x120)

17 de Julio de 2025
Al conocer sobre el abandono del encargo judicial de un trabajador al que en el 2021 despidieron sin justa causa de la empresa donde laboraba, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial dejó en firme la suspensión de tres meses en el ejercicio de la profesional al abogado negligente.
El alto tribunal advirtió que, de cara al nuevo panorama laboral, es necesario que los profesionales del Derecho que asesoren o representen a los trabajadores a quienes les incumplan las condiciones lo hagan con total apego a lo previsto en el Código Disciplinario del Abogado (Ley 1123 del 2007) y demás normativa disciplinaria.
Lo anterior considerando que el desempeño profesional de los abogados hace parte de las acciones encaminadas a garantizar la mejor aplicación de la reforma laboral recientemente sancionada a través de la Ley 2466 del 2025. Se ejercerá especial vigilancia desde sus seccionales y en el nivel central.
El trabajador despedido que buscó ayuda jurídica argumentó una persecución en su contra a nivel de acoso por haberse opuesto a una modificación en sus condiciones laborales, teniendo en cuenta que era padre primerizo y procuraba el mejor escenario para su hijo recién nacido.
Luego de varios meses sin noticias, el afectado ahora desempleado buscó a su apoderado para preguntarle por la gestión y este le manifestó que el proceso estaba en marcha. Sin embargo, al averiguar directamente constató que no había ninguna causa judicial a su nombre (M. P. Julio Andrés Sampedro Arrubla).
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