Openx ID [25](728x110)

/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Supersociedades publica calendario para reportar estados financieros en 2026

Los plazos para el reporte de estados financieros de fin de ejercicio al corte 31 de diciembre del 2025 deben realizarse entre el 13 de abril y el 11 de mayo de 2026.

Openx [71](300x120)

262834

27 de Enero de 2026

Escucha esta noticia audio generado con IA

La Superintendencia de Sociedades, mediante la Circular Única de Requerimiento de Información Financiera -CURIF- , estableció los plazos para el envío de la información financiera y no financiera.

Para el reporte de estados financieros de fin de ejercicio correspondientes al corte del 31 de diciembre del 2025, esta obligación aplica a las entidades empresariales en marcha vigiladas por esta superintendencia.

Los informes que deben reportar a la entidad corresponden a los 01 y 01-A, según los últimos dos dígitos del NIT.

Los plazos para 2026 son los siguientes:

Últimos dos dígitos del NIT

Fecha límite de envío 2026

01 – 05

Lunes 13 de abril

06 – 10

Martes 14 de abril

11 – 15

Miércoles 15 de abril

16 – 20

Jueves 16 de abril

21 – 25

Viernes 17 de abril

26 – 30

Lunes 20 de abril

31 – 35

Martes 21 de abril

36 – 40

Miércoles 22 de abril

41 – 45

Jueves 23 de abril

46 – 50

Viernes 24 de abril

51 – 55

Lunes 27 de abril

56 – 60

Martes 28 de abril

61 – 65

Miércoles 29 de abril

66 – 70

Jueves 30 de abril

71 – 75

Lunes 4 de mayo

76 – 80

Martes 5 de mayo

81 – 85

Miércoles 6 de mayo

86 – 90

Jueves 7 de mayo

91 – 95

Viernes 8 de mayo

96 – 00

Lunes 11 de mayo

Las entidades obligadas a presentar estados financieros consolidados o combinados tendrán plazo para remitirlos a más tardar el 31 de mayo del 2026.

Por su parte, las cámaras de comercio deben enviar sus estados financieros a más tardar el 31 de marzo del 2026.

Las entidades que se encuentren en acuerdos de recuperación deben presentar la información financiera de fin de ejercicio en los plazos y tipos de informes arriba señalados según los dos últimos dígitos del NIT, sin contar el digito de verificación. Adicionalmente, deben reportar información de los siguientes cortes en los siguientes plazos:

-) Entidades acogidas a la Ley 550/99 (Reestructuración Empresarial):

Informe 03A-10 (Información de acuerdos de recuperación), para el período 1 de enero al 30 de junio, deben hacerlo dentro de los primeros cinco días hábiles de agosto del 2026.

-) Entidades empresariales en proceso de reorganización (Ley 1116/06) deberán presentar el Informe 03A-10, así:

Del 1 de enero al 31 de marzo del 2026, en los 5 primeros días del mes de mayo.

Del 1 de enero al 30 de junio del 2026, los 5 primeros días del mes de agosto.

Del 1 de enero al 30 de septiembre 2026, los 5 primeros días del mes de noviembre.

Siga nuestro nuevo canal de WhatsApp.

Gracias por leernos. Recuerde que si es suscriptor puede descargar el archivo soporte de esta noticia haciendo clic en el botón azul. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, los datos identificadores y los documentos sin límites.

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)