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Mientras se adelanta el procedimiento de revocatoria directa de una pensión irregular, se debe continuar con el pago de la misma (11:32 a.m.)

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17 de Febrero de 2010

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Aunque una entidad pública tenga certeza de que la prestación económica otorgada a uno de sus pensionados se obtuvo de forma irregular, debe solicitar al beneficiario el consentimiento para revocar la adjudicación, pues no puede usar la figura de la suspensión provisional para frenar el pago hasta que no termine el procedimiento de revocatoria directa por la jurisdicción competente. Así lo señaló el Consejo de Estado en decisión dada a conocer recientemente y en la que tuteló los derechos al mínimo vital y al debido proceso de un pensionado del Terminal Marítimo de Santa Marta (C. P. Gustavo Eduardo Gómez Aranguren).

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