Los delitos cometidos por desmovilizados cuando eran menores de edad no pueden ser conocidos bajo la Ley de Justicia y Paz (10:59 a.m.)
06 de Mayo de 2010
Reproducir
Nota:
66222
La Corte Suprema de Justicia señaló la importancia de dar prevalencia a los derechos de las víctimas, en consonancia con la Ley de Justicia y Paz (Ley 975 del 2005). Sin embargo, aclaró que existen en el conflicto armado otros derechos que deben ser protegidos, como el de los menores que hacen parte del conflicto y las garantías procesales del desmovilizado. En esa medida, el alto tribunal recordó que, de acuerdo con la sentencia C-203 del 2005, se puede procesar a menores combatientes, siempre y cuando se respeten de manera estricta los estándares internacionales que regulan el juzgamiento de los menores infractores de la ley penal, por lo que aquellos menores combatientes colombianos únicamente podrían ser investigados y sancionados al amparo de la legislación especial que regula dicha actividad judicial, es decir, el Decreto 2737 de 1989, en el que se entendía inimputable al menor de edad, o la Ley 1098 del 2006, según sea el tiempo en que se cometieron las conductas investigadas. La corporación concluyó que los delitos cometidos por el desmovilizado menor de edad no podrían ser conocidos bajo la Ley de Justicia y Paz (M.P. José Leonidas Bustos Martínez).
Opina, Comenta