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Frente a la supresión de cargos y la incorporación en los de la nueva planta, debe informarse a quienes resultaron retirados la opción de volverse a vincular (11:37 a.m.)

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08 de Junio de 2010

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El Consejo de Estado recordó que frente a la supresión de un cargo y su incorporación en los que se fijan en la nueva planta de personal, debe informarse a quienes resultaron retirados del servicio la opción que les asiste para obtener la revinculación a sus funciones, dentro de los seis meses siguientes, o del retiro definitivo con indemnización. De esta forma, la Sección Segunda declaró la nulidad de unas resoluciones de la Contraloría Municipal de Tuluá (Valle del Cauca), en las que retiró del servicio a un funcionario de carrera, como consecuencia de la reestructuración administrativa de la entidad, sin avisarle la posibilidad de ser reincorporado. La corporación aclaró que las contralorías deben comparecer en juicio con la entidad territorial de la cual forman parte y que los contralores territoriales tienen la facultad de nominar su personal subalterno de carrera (C.P. Bertha Lucía Ramírez de Páez).

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