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El desconocimiento del principio de buena fe dentro de un proceso administrativo comporta la vulneración del derecho al debido proceso (2:24 p.m.)

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23 de Julio de 2010

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La Corte Constitucional señaló que el desconocimiento, dentro del marco de un proceso administrativo, del principio de buena fe comporta una vulneración del derecho al debido proceso, comoquiera que este comprende la garantía de que las decisiones que profieran en su curso observarán las reglas de juego establecidas previamente, así como las expectativas que la administración, en virtud de sus actos, generó en un particular. De otra parte, recordó que la indemnización sustitutiva es una prestación reconocida a quienes habiendo cumplido la edad prevista para consolidar el derecho a la pensión por vejez no han reunido el tiempo mínimo de cotización para el efecto, siempre y cuando manifiesten su intención de ser beneficiarios de ella y declaren su imposibilidad de seguir cotizando. De esta forma, la corte tuteló los derechos fundamentales de una persona a quien no se le reconoció la pensión de vejez bajo el argumento de haber reclamado la indemnización sustitutiva de la pensión. La corporación indicó que se desconoció el principio de buena fe y confianza legítima, toda vez que el reclamante había renunciado a la indemnización y el Instituto de Seguros Sociales dejó que siguiera cotizando al sistema (M.P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo).

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