Bajo la Ley 600 del 2000, es improcedente el recurso de reposición interpuesto contra el auto inadmisorio de una demanda de casación (12:45 p.m.)
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30 de Agosto de 2010
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La Corte Constitucional recordó que en la Ley 600 del 2000 el recurso de reposición o cualquier otro medio de impugnación son improcedentes frente al auto inadmisorio de una demanda de casación. El alto tribunal señaló que, a diferencia de lo que ocurre en la Ley 600, en la Ley 906 del 2004 sí se estableció que contra el auto que debidamente motivado no seleccione una demanda de casación procede el recurso de insistencia, presentado por alguno de los magistrados de la Sala Penal de la corporación o por el Ministerio Público. De otra parte, precisó que aunque la Ley 600 no admite recurso contra estas decisiones, el auto que declara extemporánea la demanda sí es susceptible de reposición (M.P. Nilson Pinilla Pinilla).
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