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Actualizado hace 15 segundos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Congreso


Piden profundos cambios al Código de Procedimiento Penal

21 de Septiembre de 2018

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Con un proyecto de ley que consta de 106 artículos se pide modificar figuras de relevancia del Código de Procedimiento Penal (CPP) que, a juicio de los autores de la iniciativa, no han funcionado adecuadamente. (Lea: Pese a inconsistencias de la víctima, lo importante es la coherencia sobre circunstancias del delito)

 

Entre las principales modificaciones se destacan:

 

  1. La supresión de las audiencias de imputación y de lectura de fallos o autos.

 

  1. La eliminación del incidente de reparación integral.

 

  1. La modificación en materia de términos de las medidas de aseguramiento.

 

  1. La mejora a algunas de las instituciones que permiten llevar investigaciones en debida forma.

 

  1. Cambios normativos tendientes a elevar la eficiencia de las actuaciones procesales.

 

Adicionalmente, con el texto planteado se pretende recuperar institutos de otros sistemas procesales que operarían en armonía con el modelo acusatorio actual. Así las cosas, se pide reintroducir las figura de la indemnización integral de perjuicios.

 

Y es que con la reforma se espera un modelo que eleve la capacidad de respuesta de la administración de justicia que pueda dar mejor atención al ciudadano, que cuente con mayores y mejores herramientas de investigación y que fortalezca la utilización de mecanismos de justicia restaurativa. (Lea: Audiencias no son escenarios de lucimiento personal, ni para demostrar la teoría acusatoria)

 

Dentro de los pilares de este proyecto se encuentran las modificaciones tendientes a acelerar el proceso y la actualización jurisprudencial del CPP. En este sentido, estas se encuentran las siguientes medidas:

 

  1. El efecto devolutivo como cláusula general para el recurso de apelación.

 

  1. Mecanismos de introducción de pruebas documentales en juicio que permitan la adecuada valoración sin dilatar el proceso.

 

  1. La inclusión de la participación de la víctima en el proceso como interviniente especial en algunas diligencias.

 

  1. Nuevos mecanismos para evitar el aplazamiento reiterado de audiencias y el uso de maniobras dilatorias por las partes e intervinientes.

 

La ley regiría a los tres meses siguientes a su sanción y publicación en el Diario Oficial y derogaría expresamente los artículos 104, 105, 106, 107 y 108 de la Ley 906 del 2004 y los artículos 97 y 98 de la Ley 599 del 2000.

 

Cámara de Representantes, Proyecto de ley 138/18C, Ago. 28/18.

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