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Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Congreso


¿Qué tan efectiva será la consulta contra la corrupción?

06 de Junio de 2018

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La plenaria del Senado dio su voto positivo sobre la conveniencia de convocar a los colombianos a votar la denominada Consulta Anticorrupción, la cual cuenta con el apoyo del Gobierno Nacional.

 

En este enlace puede enterarse de las características de esta consulta, teniendo en cuenta que han circulado una serie de mensajes por Whatsapp con datos descontextualizados e informaciones imprecisas.

 

Entonces, los colombianos serán convocados a las urnas para votar esta serie de propuestas, que recibió más de 5 millones de firmas. El proyecto recibió 84 votos positivos de la plenaria y ningún voto en contra. (Lea: Los contratistas colombianos viven una esclavitud moderna)

 

Los mandatos son:

 

        I.            Establecer un límite de máximo tres periodos para los elegidos en corporaciones de elección popular.

 

      II.            Definir como requisito para posesionarse y ejercer el cargo publicar anualmente las declaraciones de bienes, patrimonio, renta, impuestos y conflictos de interés para todos los elegidos por voto popular.

 

    III.            Obligar a los congresistas a rendir cuentas sobre su gestión política y legislativa de manera periódica y detallada.

 

    IV.            Que el presupuesto de inversión de alcaldías, gobernaciones y nacional se desglose y priorice en audiencias públicas con la ciudadanía, que además vigilará su ejecución y contratación.

 

      V.            Terminar unilateralmente los contratos entre el Estado y aquellas personas condenadas por delitos contra la administración pública, sin tipo alguno de indemnización.

 

    VI.            Aquellas personas condenadas por corrupción deberán pagar la pena en la cárcel, sin reclusión especial.

 

  VII.            Fijar un tope de 25 salarios mínimos legales vigentes como máxima asignación mensual de los congresistas y altos funcionarios del Estado. Actualmente, los congresistas ganan un equivalente a 40 salarios mínimos.

 

De acuerdo con una de las promotoras, la representante Angélica Lozano, en entrevista para Ámbito Jurídico, “la clase política se tiene que sintonizar con la realidad que viven todos los ciudadanos. Desde hace varios años estuvieron en curso ocho iniciativas multipartidistas en estos temas, pero se hundieron, lamentablemente.”.

 

Vale la pena decir que el Gobierno tendrá tres meses para convocar a los colombianos a votar esta consulta y solo será válida si el total de votos depositados en las urnas es superior a 12 millones de votos (aproximadamente, la tercera parte del censo electoral nacional). Si reúne ese umbral se declaran aprobadas las preguntas que obtuvieron el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos que obtuvo cada una de ellas.

 

En este punto se hace necesario aclarar que no se necesita, solamente, la votación del pueblo para que estos mandatos integren el ordenamiento jurídico, sino también un paquete normativo que los desarrolle y haga efectivo su cumplimiento. (Lea: Demagogia constitucional y populismo jurídico )

 

De acuerdo con un análisis del exministro Jaime Castro, para que la respuesta afirmativa a todas o algunas de las preguntas se convierta en norma jurídica se debe reformar la ley que regulaba la materia a la forma como lo apruebe la ciudadanía; dictar una o varias leyes, si el tema no estaba reglamentado por norma anterior, o reformar la Constitución.

 

“La mera votación afirmativa y mayoritaria por una u otra pregunta no produce ninguno de los citados efectos, porque sus efectos no son jurídicos. Con ella no se derogan, reforman o expiden leyes, ni se reforma o adiciona la Constitución, decisiones que solo pueden tomar el Congreso, una asamblea constituyente o el pueblo, mediante referendo”, precisó Castro. Para este experto los efectos de la consulta son meramente políticos y vuelve a depender de los congresistas la aprobación de los proyectos de reforma constitucional o de ley que presenten para convertir en texto jurídico las preguntas aprobadas.

 

Ley 1882 del 2018

 

Ahora bien, también es necesario plantear que en los últimos años se han visto importantes reformas legales en temas de contratación pública, con el fin de aminorar los riesgos de la Administración ante eventuales casos de corrupción.

 

Y es que con la entrada en vigencia de la Ley 1882 del 2018 se modificó el Estatuto General de la Contratación Pública (EGCP) y se reformaron aspectos de las asociaciones público privadas, del procedimiento de selección de contratistas y de los contratos de infraestructura, así como los denominados “pliegos tipo”, establecidos con el objeto de combatir la corrupción en materia de contratación estatal.

 

Lo cierto es que esta histórica consulta popular, la primera nacional y que contó con una cifra récord de firmas aprobadas, ya cuenta con el respaldo del Gobierno Santos y el del Congreso. (Lea: Pliegos estandarizados en Colombia, ¿mecanismo para combatir la corrupción?)

 

Ahora, los colombianos habilitados para votar tendrán que decidir acerca de la necesidad de que se incorporen a la ley cada uno de los mandatos que se aprueban y obtengan el umbral, teniendo en cuenta que sus efectos pasan más por lo político y que ya se está avanzando en la materia a partir de otras normativas.

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