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19 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 10 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Congreso


Obligación de publicar declaración de renta por parte de servidores públicos está pendiente de conciliación

02 de Diciembre de 2019

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El proyecto anticorrupción que obligaría a los servidores públicos a registrar en el Sigep sus declaraciones de bienes y del impuesto sobre la renta y complementarios, y también sus conflictos de interés, fue aprobado en la plenaria de la Cámara de Representantes, el pasado 25 de noviembre.

 

Dentro de las principales novedades de la iniciativa se pide ampliar la aplicación de la medida a todos los funcionarios y servidores públicos y a los particulares que desempeñen funciones públicas o presten servicios públicos o administren, a cualquier título, bienes o recursos públicos.

 

La publicación de esta información será requisito para posesionarse, ejercer y retirarse del cargo, según explica el texto. Toda modificación a la información deberá ser comunicada a la respectiva entidad y registrada dentro de los dos meses siguientes al cambio realizado. La copia de la declaración se deberá actualizar dentro del mes siguiente a la presentación de la última declaración del año gravable ante la Dian. (Lea: Puntos centrales del paquete legislativo anticorrupción)

 

Los obligados deberán registrar de manera obligatoria en el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP), o herramientas que lo sustituyan, la declaración de bienes y rentas, el registro de conflictos de interés y cargar una copia digital de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.

 

“La información deberá publicarse y divulgarse de tal forma que facilite su uso y comprensión por las personas y que permita asegurar su calidad, veracidad, oportunidad y confiabilidad”, puntualiza el proyecto. (Lea: Congresistas tendrán que registrar impedimentos por conflictos de interés de padres, hijos y hermanos)

 

Solamente la siguiente información contenida en la declaración juramentada de bienes y rentas será pública y de divulgación:

 

  1. Nombre completo y documento de identidad.

     
  2. País, departamento y municipio de nacimiento.

     
  3. País, departamento y municipio de domicilio.

     
  4. Los ingresos y rentas que obtuvo en el último año gravable, especificando solamente concepto y valor.

     
  5. Cuentas bancarias de las que sea titular, especificando solamente el tipo de cuenta, el país de sede de la cuenta y el saldo total con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.

     
  6. Bienes patrimoniales, identificando solamente el tipo de bien, municipio de ubicación y el valor.

     
  7. Saldo y concepto de las acreencias y obligaciones vigentes.

     
  8. Participación actual como miembro de juntas o consejos directivos, especificando la calidad de miembro y la entidad o institución.

     
  9. Mención sobre su calidad de socio en corporaciones, sociedades y/o asociaciones.

     
  10. Declaración de las actividades económicas de carácter privado, adicionales a las declaradas anteriormente, que ha venido desarrollando de forma ocasional o permanente, especificando el detalle de las actividades y la forma de participación.

 

Cabe mencionar que la iniciativa viene del paquete de proyectos de ley impulsados por el Gobierno y que retomaban algunos de los temas de la consulta anticorrupción; ahora, el texto deberá pasar a conciliación con el Senado.

 

Cámara de Representantes, texto definitivo proyecto de ley 147/18S-254/18C, Nov. 26/19.

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