Sancionan ley para fortalecer tiendas y micronegocios, pese a objeciones del Ejecutivo
La norma busca formalizar e impulsar tiendas, peluquerías y otros pequeños negocios vecinales.Openx [71](300x120)

03 de Julio de 2025
El presidente del Senado, Efraín Cepeda, sancionó el proyecto de ley 013/23C-227/24S, pese a que había sido objetado por el presidente Gustavo Petro, quien alegó motivos de inconstitucionalidad e inconveniencia. La norma fue aprobada con base en las facultades que otorga la Constitución, con el propósito de fortalecer a más de cinco millones de micronegocios como tiendas, panaderías, peluquerías y otros establecimientos familiares en Colombia.
El Ejecutivo consideró que la ley vulnera el artículo 189 de la Constitución, al interferir con la potestad reglamentaria del Presidente. También objetó el literal h) del artículo 3º por unificar los requisitos para la formalización empresarial sin una ley que lo autorice, lo que contravendría los principios establecidos en los artículos 150 y 333 de la Carta Política. No obstante, Cepeda decidió avanzar en su firma argumentando la necesidad de respaldar el tejido económico local. (Lea: Gobierno objeta proyecto de ley sobre micronegocios)
La ley tiene como objetivo establecer lineamientos para una política pública enfocada en la formalización, generación de empleo y apoyo a unidades productivas con hasta nueve trabajadores y menos de 3.500 UVT de ingresos anuales. Reconoce a los micronegocios como actores fundamentales de la economía popular y comunitaria, promoviendo su desarrollo mediante mecanismos de inclusión y acceso a herramientas de crecimiento empresarial.
Entre sus principales disposiciones se incluye el acceso a capacitación técnica a través del Sena, redes de emprendimiento, incentivos para la asociatividad, líneas de crédito especiales con respaldo del Fondo Nacional de Garantías y rutas para la formalización de estas unidades económicas. Asimismo, se contemplan beneficios específicos para poblaciones vulnerables, como mujeres cabeza de hogar, adultos mayores y personas con discapacidad.
Así mismo, la ley establece que en un plazo máximo de seis meses deberá expedirse su reglamentación. También elimina las contribuciones especiales sobre servicios públicos para estos negocios y promueve su inclusión en ferias comerciales y programas educativos. El seguimiento estará a cargo del Gobierno nacional y las entidades territoriales, con participación prioritaria de comunidades rurales y grupos étnicos.
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