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Permitirían reprogramar vigencias futuras en proyectos de asociación público-privada

La modificación busca mejorar el uso de los recursos públicos, especialmente aquellos administrados a través de fiducias.

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Arquitecto que labora en el sector público puede prestar servicios profesionales a un particular (Freepik)

31 de Julio de 2025

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El Gobierno nacional dio a conocer un proyecto de decreto que modificaría el artículo 2.2.2.1.11.8 del Decreto 1082/15, con el propósito de permitir la reprogramación de vigencias futuras aprobadas para proyectos desarrollados bajo el esquema de asociación público-privada (APP). Esta medida otorgaría mayor flexibilidad a las entidades ejecutoras, permitiéndoles ajustar los plazos y la distribución anual de recursos, siempre que no se incremente el monto total previamente autorizado.

De acuerdo con el proyecto, la modificación busca mejorar el uso de los recursos públicos, especialmente aquellos administrados a través de fiducias, evitando que queden inmovilizados en el sistema financiero. Esta disposición estaría alineada con el principio de eficiencia establecido en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 y se mantendría en concordancia con el Marco Fiscal de Mediano Plazo y los cupos sectoriales aprobados. (Lea: Declaran nula norma que no permitía a entes territoriales autorizar vigencias futuras ordinarias y extraordinarias)

Las entidades interesadas podrían solicitar al Consejo Superior de Política Fiscal (CONFIS) la reprogramación de vigencias futuras, siempre y cuando presenten una justificación técnica, legal y financiera, un cronograma actualizado y certificaciones que acrediten el cumplimiento de las condiciones fiscales. Además, requerirían conceptos favorables por parte del ministerio o entidad cabeza del sector.

La reprogramación se entendería como una redistribución de los compromisos ya autorizados, por lo cual no sería necesario obtener nuevos conceptos establecidos en otras disposiciones del decreto. Esta modificación facilitaría la ejecución eficiente de los proyectos de APP, sin alterar el marco legal ni requerir nuevas autorizaciones presupuestales.

Los interesados podrán enviar sus comentarios hasta el 8 de agosto del 2025, a través del   correo electrónico:​ comentarios@dnp.gov.co

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