Modernizan régimen de ofertas públicas de adquisición de acciones
La nueva normativa modifica el Decreto 2555 de 2010 para profundizar el mercado de capitales y garantizar procesos de compra de acciones más transparentes.
29 de Abril de 2026
Fue expedido un decreto con el propósito de actualizar el marco regulatorio de las ofertas públicas de adquisición (OPA) y fortalecer el mercado de valores nacional. Esta normativa modifica el Decreto 2555/10 para promover la democratización de la propiedad accionaria y alinear los procesos locales con estándares internacionales de eficiencia y equidad.
El objetivo estratégico de esta reforma es incentivar un mercado más profundo que impulse el crecimiento empresarial y proteja los derechos de todos los inversionistas mediante reglas claras y competitivas. (Lea: Dian aclara tratamiento fiscal de acciones en bolsa)
Reglas para la adquisición obligatoria
La nueva regulación establece que cualquier persona o grupo que pretenda alcanzar una participación igual o superior al 25 % del capital con derecho a voto en una sociedad listada deberá realizar una OPA obligatoria. Asimismo, quienes ya posean dicho porcentaje y deseen incrementarlo en más de un 5 % deberán seguir este mismo procedimiento bajo los principios de irrevocabilidad, trato equitativo y transparencia en la divulgación de información. Estos mecanismos buscan garantizar que las transacciones de control se desarrollen en condiciones justas para los accionistas, evitando asimetrías que perjudiquen a los minoritarios.
Fomento a la libre competencia
Uno de los puntos clave del decreto es la reglamentación de las ofertas competidoras, las cuales pueden ser formuladas por terceros una vez autorizada una oferta inicial. Para que una propuesta sea considerada mejor, debe superar el precio de la contraprestación precedente en al menos un 3 % o aumentar el número de valores a adquirir en ese mismo porcentaje. Esta medida fomenta la concurrencia en el mercado, permitiendo que el precio ofrecido refleje el valor real más alto que los inversores están dispuestos a pagar por el control de un emisor.
Protección en la cancelación registral
El decreto estipula condiciones estrictas para las sociedades que decidan cancelar su inscripción en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE) y en bolsa. En estos casos, los accionistas que aprueben la salida del mercado bursátil tienen la obligación de promover una OPA dirigida a los socios ausentes o disidentes. El precio de dicha oferta será determinado por una entidad avaluadora independiente, cuya idoneidad debe ser calificada por la Superintendencia Financiera, asegurando así una salida ordenada y el respeto a la propiedad de los inversionistas.
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