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Así va el caso Telefónica ante tribunales internacionales

La Andje afirma que agotará los recursos jurídicos disponibles para suspender la ejecución del laudo que ordena a Colombia pagar US $ 379,8 millones.

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23 de Abril de 2026

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La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje) informó que agotará todos los recursos jurídicos disponibles para suspender la ejecución del laudo que ordena a Colombia pagar a Telefónica US $ 379,8 millones.

Es bueno recordar que un tribunal arbitral constituido por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) decidió a favor de Telefónica un reclamo interpuesto en contra de Colombia y ordenó al país rembolsar el dinero que la compañía había pagado en 2017 al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) por orden del tribunal del arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB).

La controversia se refiere a un contrato de concesión para la prestación del servicio de telecomunicaciones suscrito entre el MinTIC y una subsidiaria de Telefónica en el cual se pactó una cláusula de reversión que incluía la devolución de equipos o infraestructura.

Sin embargo, la Ley 422/98 (artículo 4) determinó que en los contratos de concesión para la prestación de servicios de telecomunicaciones la reversión solo implica la devolución de las frecuencias radioeléctricas, disposición que se replicó en el artículo 68 de la Ley 1341/09.

La Sentencia C-555/13 declaró la exequibilidad condicionada de dichas leyes en el entendido que en los contratos de concesión suscritos antes de la entrada en vigor de estas normas se debía respetar el contenido de las cláusulas de reversión acordadas.

El tribunal de arbitramento de la CCB, en el 2017, ordenó a la subsidiaria de Telefónica pagar a MinTIC el valor de los bienes que debían ser revertidos a favor de la Nación.

Sin embargo, el tribunal arbitral internacional concluyó que Colombia incumplió las obligaciones previstas en el tratado al obligar a Telefónica a devolver los equipos utilizados para la ejecución del contrato.

La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje) expresó que el resultado del caso Telefónica es completamente contrario al que adoptó otro tribunal arbitral en un caso iniciado por América Móvil sobre la base de los mismos hechos, aunque el tratado internacional aplicable y las violaciones alegadas eran distintos.

Colombia afirma que el tribunal omitió muchos de los hechos y alegaciones que sustentaban su defensa, excedió manifiestamente sus facultades al pronunciarse sobre una controversia puramente contractual y actuó como una corte de apelaciones al revisar la sentencia C-555/13.

Durante el 2025, y lo que va corrido del 2026, el comité ad hoc que conoce de la solicitud de anulación de Colombia analizó la solicitud de Telefónica para levantar la suspensión de la ejecución del laudo. A principios de enero del 2026, el comité determinó que para mantener la suspensión Colombia debía emitir una garantía bancaria internacional que esté vigente hasta que se tome una decisión definitiva. Colombia manifestó su imposibilidad de emitir la póliza y planteó soluciones alternas.

El próximo 3 y 4 de junio se adelantará, en París, una audiencia para tramitar la solicitud de anulación, un comité escuchará a las partes y se harán los alegatos finales. 

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