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Sistema de finanzas abiertas sería obligatorio para entidades públicas y privadas

El proyecto de decreto modificaría el Decreto 2555/10.

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25 de Junio de 2025

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El Ministerio de Hacienda dio a conocer un proyecto de decreto mediante el cual modificaría el Decreto 2555/10, con el propósito de establecer un sistema de finanzas abiertas de carácter obligatorio. Esta iniciativa reglamentaría lo dispuesto en la Ley 2294 del 2023 y permitiría facilitar el acceso a productos y servicios financieros mediante el suministro de datos por parte de entidades públicas y privadas.

La propuesta reemplazaría el esquema voluntario previsto en el Decreto 1297/22 e introduciría disposiciones precisas respecto a los actores involucrados, los estándares tecnológicos aplicables y las condiciones para el tratamiento de datos personales.

El sistema de finanzas abiertas tendría como finalidad promover la inclusión financiera, fortalecer la competencia en el sector y contribuir al bienestar económico de la población. Para ello se dispondría la participación obligatoria de entidades como establecimientos de crédito, fiduciarias, aseguradoras, fondos de pensiones, sociedades comisionistas de bolsa, administradoras de inversión y plataformas de financiación colaborativa, entre otras. Asimismo, se incorporaría la figura de los terceros de confianza, quienes facilitarían la incorporación de entidades no vigiladas por la Superintendencia Financiera, garantizando el cumplimiento de los requisitos normativos y técnicos. (Lea: Rembolso del dinero requiere demostrar falla reiterada del bien o imposibilidad de reparación)

En desarrollo de lo anterior, el acceso y la transferencia de datos dentro del sistema se realizarían sin contraprestación económica, a través de protocolos automáticos, seguros e interoperables que serían definidos por la Superfinanciera. El titular de los datos tendría plena capacidad para autorizar, modificar, revocar o abstenerse de otorgar su consentimiento, así como para consultar de manera permanente las autorizaciones vigentes. Todas las entidades participantes deberán registrarse en un directorio público administrado por dicha superintendencia, el cual permitirá autenticar sus funciones y verificar el cumplimiento de sus obligaciones dentro del sistema.

Además, el principio de reciprocidad establecería que los terceros receptores de datos que también custodien información relevante estarían obligados a suministrarla en igualdad de condiciones. Para garantizar el seguimiento del sistema, la Superfinanciera definiría y publicaría indicadores periódicos, además de emitir los estándares técnicos correspondientes, en plazos que oscilarían entre seis y dieciocho meses.

Los interesados pueden enviar sus comentarios hasta el 4 de julio del 2025, a través de la página web de la entidad.

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