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ANÁLISIS: Nueva regulación Sarlaft exige controles estrictos contra el lavado de activos en el sector transporte

La Resolución 2328 marca un antes y un después para las empresas del sector transporte. El cumplimiento ya no es opcional: es una obligación legal.

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01 de Agosto de 2025

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Rafael Vanegas1

Rafael Vanegas Herrera
Abogado de Numo Group

Estefanía Muñoz

Estefanía Muñoz Tabares
Abogada de Numo Group

En Colombia, el sector transporte ha sido identificado como un eslabón vulnerable frente a los riesgos asociados al lavado de activos, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva (LA/FT/FP). Por esta razón, el 6 de marzo de 2025, la Superintendencia de Transporte expidió la Resolución 2328, mediante la cual modificó el capítulo 6 del Título V de la Circular Única de Infraestructura y Transporte, imponiendo nuevas y estrictas obligaciones a las empresas vigiladas.

A continuación, explicamos de manera práctica y clara en qué consiste esta nueva regulación, a quiénes aplica, qué exige, y las consecuencias de su incumplimiento.

¿Qué es el Sarlaft?

El Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (Sarlaft) es un mecanismo obligatorio para identificar, evaluar, controlar y monitorear los riesgos de ser utilizados como instrumentos para actividades ilícitas.

 

No se trata de un requisito meramente documental. El Sarlaft exige a las empresas del sector transporte establecer procedimientos internos, controles efectivos, formación especializada y herramientas tecnológicas para prevenir y gestionar estos riesgos.

¿Quiénes están obligados a implementar el Sarlaft?

De acuerdo con la Resolución 2328 de 2025, deberán cumplir esta obligación todas las empresas sometidas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Transporte, entre las que se incluyen:

  • Empresas de transporte público de carga.
  • Empresas de transporte público de pasajeros.
  • Empresas de transporte especial.
  • Empresas de transporte mixto.
  • Empresas de transporte por cable.
  • Concesionarios de infraestructura del transporte.
  • Operadores de transporte multimodal.
  • Empresas desintegradoras de vehículos.
  • Sociedades portuarias y operadores portuarios.
  • Centros integrales de atención a conductores.
  • Centros de diagnóstico automotor.
  • Centros de reconocimiento de conductores.
  • Centros de enseñanza automovilística.

Siendo así, si su empresa presta servicios de transporte, infraestructura o actividades conexas, es muy probable que esté obligada a cumplir con esta norma.

¿Qué debe hacer una empresa obligada?

Cada empresa deberá diseñar, implementar y mantener un Sarlaft eficaz, lo que incluye, entre otros:

- Elaborar una política formal de administración del riesgo LA/FT/FP.

- Diseñar e implementar un manual Sarlaft y un código de ética y conducta.

- Nombrar un oficial de cumplimiento que cumpla los requisitos legales.

- Desarrollar procedimientos de conocimiento del cliente (KYC), debida diligencia y debida diligencia intensificada.

- Implementar metodologías de evaluación y monitoreo continuo del riesgo, bajo un enfoque basado en riesgo (EBR).

- Contar con infraestructura tecnológica adecuada para la detección de operaciones inusuales y sospechosas.

- Realizar reportes obligatorios a la UIAF mediante el sistema SIREL, incluyendo operaciones sospechosas (ROS).

- Capacitar y sensibilizar permanentemente a sus empleados y colaboradores sobre la prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo.

¿Qué pasa si no cumplo?

El incumplimiento de esta obligación puede acarrear:

- Multas impuestas por la Superintendencia de Transporte, que podrían ascender hasta los 2.000 SMLMV, conforme a la ley 336 de 1996.

- Sanciones administrativas que incluyen la suspensión o cancelación de habilitaciones o permisos.

- Daños reputacionales que afecten la posibilidad de contratar con el sector público o privado.

- Riesgos legales y penales en caso de vinculación, directa o indirecta, con operaciones de lavado de activos o financiación del terrorismo.

¿Por qué es importante actuar?

El Sarlaft no es un simple trámite. Es un escudo preventivo para proteger la integridad jurídica, operativa y reputacional de las empresas del sector transporte. Ignorar esta obligación es asumir riesgos innecesarios en un sector donde las autoridades ejercen una vigilancia cada vez más estricta.

En definitiva, la Resolución 2328 marca un antes y un después para las empresas del sector transporte. El cumplimiento ya no es opcional: es una obligación legal, estratégica y ética.

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