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Incremento de industria y comercio en Bogotá no modifica tarifas del Simple

La Dian afirma que las tarifas nacionales del Simple no han sido incrementadas, sino que hay nuevas tarifas del componente ICAC adoptadas por Bogotá.

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19 de Mayo de 2026

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El incremento en la tarifa del impuesto de industria y comercio consolidado (ICAC) es una decisión del Distrito Capital en ejercicio de su autonomía fiscal y no corresponde a un incremento de las tarifas nacionales del régimen Simple de tributación (RST), indicó la Dian mediante comunicado. 

La autoridad tributaria afirma que las tarifas nacionales del Simple no han sido incrementadas, sino que hay nuevas tarifas del componente ICAC adoptadas por Bogotá que son aplicables a determinados contribuyentes del RST, sustentadas en el Acuerdo 1019/25. 

Y es que se han incrementado las quejas relacionadas con el cálculo del ICAC en el Formulario 2593 de anticipo bimestral del régimen Simple.

El Distrito incrementó la tarifa del ICAC del 10 % al 30 % para actividades clasificadas en el grupo 3 y grupo 3 SIC del RST, que comprenden principalmente actividades comerciales al por mayor y al detal; tiendas, minimercados, micromercados y peluquerías; así como algunos servicios y actividades clasificadas bajo códigos SIC que integran el componente del impuesto de industria y comercio consolidado (ICAC). 

Dicha modificación no aumenta el valor total del anticipo del RST, sino que corresponde a una redistribución interna de los componentes que integran el impuesto consolidado.

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