Superservicios definió nuevos plazos para reporte financiero anual de empresas públicas domiciliarias
El cronograma de reporte financiero iniciará el 19 de mayo y terminará el 28 de mayo del 2026.13 de Mayo de 2026
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios estableció los plazos para el cargue y certificación de la información financiera anual con corte al 31 de diciembre del 2025. La medida aplica a todas las personas prestadoras de servicios públicos domiciliarios y a quienes desarrollen actividades complementarias reguladas por las Leyes 142 y 143 de 1994. (Lea: DANE actualizaría la versión de clasificación CIIU)
Fechas y requisitos para el cargue de información
La resolución determina que las empresas deberán reportar la información financiera en el aplicativo NIF XBRL del Sistema Único de Información (SUI), según el último dígito del Registro Único de Prestadores (RUPS). Los plazos iniciarán el 19 de mayo del 2026 y finalizarán el 28 del mismo mes. Asimismo, la entidad informó que los prestadores podrán utilizar gratuitamente la herramienta XBRL Express suministrada por la Superservicios para cumplir con el proceso de reporte.
Reporte simplificado y obligaciones adicionales
La normativa también contempla un esquema simplificado para pequeños prestadores de acueducto, alcantarillado y aseo que atienden hasta 2.500 suscriptores o prestan servicios en zonas rurales. En estos casos, el reporte financiero deberá presentarse a más tardar el 27 de septiembre del 2026. Sin embargo, la Superservicios aclaró que esta modalidad no exime del cumplimiento de las obligaciones de reporte bajo taxonomías XBRL exigidas por la regulación vigente.
Sanciones y condiciones técnicas del reporte
La resolución advierte que las inconsistencias o incumplimientos en el cargue y certificación de la información financiera podrán dar lugar a investigaciones administrativas y eventuales sanciones contempladas en la Ley 142 de 1994. Además, el anexo técnico establece requisitos mínimos para los archivos en formatos XBRL y PDF, entre ellos la inclusión de estados financieros firmados, notas comparativas y límites de tamaño para los documentos digitales.
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