Empresas recibirán certificación por contratar mujeres desmovilizadas en proceso de reincorporación
La nueva ley crea una ruta diferencial para apoyar la reincorporación de mujeres excombatientes.Openx [71](300x120)

21 de Julio de 2025
Fue expedida una ley que establece una ruta de atención diferencial para las mujeres que han dejado las armas y se encuentran en proceso de desmovilización o reincorporación, con el propósito de facilitar su estabilización económica y su tránsito a la vida civil. La norma promueve el empleo digno, la inclusión social y la participación activa de estas mujeres en escenarios productivos, como parte de una estrategia más amplia para la consolidación de la paz y la reconstrucción del tejido social en los territorios afectados por el conflicto.
El articulado distingue entre los procesos de reintegración y reincorporación e incorpora un enfoque de género e interseccionalidad para atender las realidades específicas que enfrentan las mujeres excombatientes. Se reconoce la necesidad de adoptar medidas afirmativas que garanticen sus derechos y respondan a factores como la etnia, edad, condición socioeconómica y otros aspectos de exclusión histórica, promoviendo una implementación inclusiva y equitativa en todas las fases del proceso. (Lea: Corte advierte sobre grave situación de mujeres que trabajan por víctimas del conflicto armado)
Como parte de esta política se crea un programa de tránsito especial que deberá ser diseñado e implementado en el plazo de un año por la Agencia para la Reincorporación y Normalización. Este programa se ajustará a estándares internacionales como los IDDRS de la ONU y deberá articularse con las políticas públicas existentes, incluyendo las disposiciones del Acuerdo Final de Paz. Además, será requisito consultar a organizaciones civiles con experiencia en la materia y a autoridades territoriales.
La ley también introduce el “Certificado de empleo para la paz”, que será otorgado por el Ministerio del Trabajo a empresas que contraten a mujeres en proceso de reincorporación, reintegración o tránsito especial en una proporción igual o superior al 10 %. Las autoridades responsables deberán rendir cuentas anualmente ante el Congreso sobre los avances en la implementación de esta ruta, garantizando así el seguimiento institucional y la transparencia en el cumplimiento de los objetivos propuestos.
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